SIN INFORMACION

ANTIVERO PINOCHET JUAN CARLOS/JUZGADO DE FAMILIA DE PUDAHUEL

Rol

Fecha

31 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: Primero: Que comparece don Juan Carlos Alejandro Antivero Pinochet, quien deduce recurso de amparo en contra del Juzgado de Familia de Pudahuel, por encontrarse vigente orden de arraigo internacional en su contra, decretada el 12 de diciembre del año 2000 por el Primer Juzgado de Menores de Pudahuel. Sostiene que en el año 2000 fue demandado de alimentos por tres hijos, representados por su madre Paula Cecilia Arraño Fernández, ante el Primer Juzgado de Menores de Pudahuel, en causa Rol N° 30.045, en que se decretó orden de arraigo. Posteriormente, refiere que la madre de sus hijos demandó por alimentos al padre del amparado, don Pedro Antivero Antivero, dando origen a la causa Rol N° 33.670, la que se transformaría en causa RIT W-114-2009, RUC 09-2-0059347-K del Juzgado de Familia de Pudahuel y en que por sentencia de fecha 09 de julio de 2009 dispuso la retención del 30% sobre el pago de jubilación que percibe su padre. Refiere que esta situación ha permanecido a la fecha, pese a que el menor de los alimentarios cumplió la mayoría de edad en el año 2020, impidiéndole viajar al extranjero. Solicita que se acoja el recurso, dejando sin efecto la orden de arraigo internacional decretada en la causa Rol N° 30.045, tanto respecto de él como de su padre, como perjudicado colateral. Segundo: Que, informando el Juzgado de Familia de Pudahuel, refiere que revisado el sistema computacional SITFA, tanto por nombre y RUT del recurrente, no se encontró causa alguna donde se hayan decretado alimentos en su contra o causas de cumplimiento donde se hayan despachado órdenes de arresto y/o de arraigo. Sin embargo, se hace presente que en la causa W114-2009 -causa por alimentos en contra de su padre, abuelo paterno de los hijos del recurrente- existe certificación de fecha 24 de junio de 2003, que da cuenta que se tuvo a la vista la causa Rol N° 30045 donde constan alimentos fijados en contra del recurrente, respecto de quien se había ordenado el pago mediante retención y posteriormente, tras su cesantía se ordena el pago en la cuenta ahorro ya abierta para ese efecto. En la misma causa, en el cuerpo de la demanda se señala que se habrían dictado apremios en contra del amparado. Añade que revisada la causa W-114-2009, corresponde a una causa iniciada en el Primer Juzgado de Menores de Pudahuel, con el Rol 33670 -no 30045 como indica el recurrente-, en que se fijaron alimentos provisorios en contra del padre del amparado con fecha 14 de marzo de 2003, ordenándose su pago mediante retención judicial por la Ex Caja de Empleados Públicos, se despacharon los oficios de notificación respectiva. En atención a la entrada en vigencia de los Tribunales de Familia, la causa terminó su tramitación con la dictación de sentencia con fecha 09 de julio de 2009, dictada por este Tribunal de Familia, se mantuvieron los alimentos provisorios (30% de un IMMR) como definitivos y la misma forma de pago (retención). La última gestión de esta causa corresponde a un ca

Fallo

fallo que en esa causa anterior (en contra del recurrente de autos) se “estableció una pensión a favor de Cecilia, Nicolás y Juan Antivero Arraño equivalente al 40% de las remuneraciones del demandado Juan Carlos Antivero Pinochet. Se certificó igualmente que a Julio de 2003, Juan Carlos Antivero Pinochet, adeudaba la suma de $1.955.000 por pensiones alimenticias devengadas”. Añade que, para poder condenar al abuelo, se tuvo presente la existencia de una causa anterior que condenaba al padre al pago de una pensión alimenticia a favor de sus tres hijos, ese padre incumplió reiteradamente su obligación acumulando un gran monto adeudado, siendo ese padre (alimentante) quien recurre de amparo. Expresa que dada la data de dicha causa de alimentos seguida ante el extinto 1° Juzgado de Menores de Pudahuel, no se encuentra digitalizada en el sistema informático SITFA y es una causa que se encuentra debidamente archivada, sin movimiento durante los últimos años. Sostiene que, con estos antecedentes, es posible presumir que la orden de arraigo aún vigente, que pesa en contra del recurrente de estos autos por resolución de fecha 12 de diciembre de 2000 dictada por el 1° Juzgado de Menores de Pudahuel, según da cuenta el informe evacuado por la Policía de Investigaciones de Chile, se decretó conforme a derecho y a la deuda que a esa fecha registraba el padre y que sustentó precisamente una demanda de alimentos en contra del abuelo. Indica que, conforme a lo expuesto precedentemente, p

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C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de octubre de dos mil veintitrés. Visto y considerando: Primero: Que comparece don Juan Carlos Alejandro Antivero Pinochet, quien deduce recurso de amparo en contra del Juzgado de Familia de Pudahuel, por encontrarse vigente orden de arraigo internacional en su contra, decretada el 12 de diciembre del año 2000 por el Primer Juzgado de Menores de Pudahuel.

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