JUZGADO DE FAMILIA VALPARAÍSO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

31 de octubre de 2023

Materia

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Atendido el mérito de lo dispuesto en el artículo 54-1 inciso segundo de la Ley N° 19.968, el objetivo del control de admisibilidad previsto en la norma es que se prosiga la tramitación de la causa una vez que se subsanen los defectos del libelo, y visto lo dispuesto en el artículo 67 de la citada ley, se revoca la resolución de uno de junio de dos mil veintitrés, y en su lugar se declara que la Sra. Jueza deberá dar tramitación como en derecho corresponda, a la demanda de violencia intrafamiliar. Notifíquese y comuníquese. N°Familia-825-2023.

Fallo

se declara que la Sra. Jueza deberá dar tramitación como en derecho corresponda, a la demanda de violencia intrafamiliar. Notifíquese y comuníquese. N°Familia-825-2023.

Texto Completo (Preview)

Vim. C.A. de Valparaíso Valparaíso, treinta y uno de octubre de dos mil veintitrés. Visto: Atendido el mérito de lo dispuesto en el artículo 54-1 inciso segundo de la Ley N° 19.968, el objetivo del control de admisibilidad previsto en la norma es que se prosiga la tramitación de la causa una vez que se subsanen los defectos del libelo, y visto lo dispuesto en el artículo 67 de la citada ley, se re

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica