ANONIMIZADO
Rol
Fecha
31 de octubre de 2023
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de lo dispuesto en el artículo 54-1 inciso segundo de la Ley N° 19.968, el objetivo del control de admisibilidad previsto en la norma es que se prosiga la tramitación de la causa una vez que se subsanen los defectos del libelo, y visto lo dispuesto en el artículo 67 de la citada ley, se revoca la resolución de uno de junio de dos mil veintitrés, y en su lugar se declara que la Sra. Jueza deberá dar tramitación como en derecho corresponda, a la demanda de violencia intrafamiliar. Notifíquese y comuníquese. N°Familia-825-2023.
Fallo
se declara que la Sra. Jueza deberá dar tramitación como en derecho corresponda, a la demanda de violencia intrafamiliar. Notifíquese y comuníquese. N°Familia-825-2023.
Texto Completo (Preview)
Vim. C.A. de Valparaíso Valparaíso, treinta y uno de octubre de dos mil veintitrés. Visto: Atendido el mérito de lo dispuesto en el artículo 54-1 inciso segundo de la Ley N° 19.968, el objetivo del control de admisibilidad previsto en la norma es que se prosiga la tramitación de la causa una vez que se subsanen los defectos del libelo, y visto lo dispuesto en el artículo 67 de la citada ley, se re
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