2º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MARIA LORETO RIED UNDURRAGA C/ FELIPE FERNANDO PIZARRO CORRAL

Rol

Fecha

30 de octubre de 2023

Materia

DEUDOR, GERENTES, DIRECTORES, ADMINISTRADORES O REPRESENTANTES QUE ACTÚEN EN PERJUICIO DE LOS ACREEDORES

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los

Fundamentos

fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo los que, consecuentemente, se comparten.

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales citadas y atendido además lo dispuesto en los artículos 253 y 370 del Código de Procesal Penal, se confirma, en lo apelado la resolución de fecha tres de octubre de dos mil veintitrés, dictada en los autos RIT N° O-8047-2021, seguidos ante el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago. Devuélvase la competencia. N°Penal-5208-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta de octubre de dos mil veintitrés. A los folios 4, 5 y 6; a todo, téngase presente. Vistos y oídos los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los fundamento

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