3º JUZGADO DE FAMILIA SANTIAGO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

30 de octubre de 2023

Materia

ALIMENTOS

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Que el incidentista contraviene su propia actuación al interponer el incidente de nulidad de todo lo obrado si se toma en cuenta que en la conciliación alcanzada con fecha 31 de mayo de 2022, el mismo aceptó y consintió que la madre representara a su hija mayor de edad, lo que hace que no puede invocar ahora el perjuicio que siempre resulta indispensable para la anulación de lo obrado. Por estas consideraciones, se confirma la resolución apelada de tres de septiembre de dos mil veintidós, dictada por el 3° Juzgado de Familia de Santiago, en causa Z-506-2012. Comuníquese. N°Familia-3329-2022.

Fallo

Por estas consideraciones, se confirma la resolución apelada de tres de septiembre de dos mil veintidós, dictada por el 3° Juzgado de Familia de Santiago, en causa Z-506-2012. Comuníquese. N°Familia-3329-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta de octubre de dos mil veintitrés. Vistos: Que el incidentista contraviene su propia actuación al interponer el incidente de nulidad de todo lo obrado si se toma en cuenta que en la conciliación alcanzada con fecha 31 de mayo de 2022, el mismo aceptó y consintió que la madre representara a su hija mayor de edad, lo que hace que no puede invocar ahora el perjuicio

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