SIN INFORMACION

GUTIÉRREZ LINCOLAO MARTÍN IGNACIO/ MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - GENDARMERÍA DE CHILE

Rol

Fecha

30 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que se interpone recurso de amparo en favor de Martín Ignacio Gutiérrez Linconao, actualmente privado de libertad en el CCP Colina II, en contra de la Secretaria Regional Ministerial Metropolitana de Justicia y Gendarmería de Chile, toda vez que su condena se encuentra cumplida con fecha 10 de octubre de 2023, y no ha sido notificado el decreto que concede su libertad, vulnerando con ello lo dispuesto en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. Indica que fue condenado por el delito de robo en lugar habitado a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, y accesoria legal de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y la multa de 1/3 de UTM por el delito de la falta prevista en el artículo 496 N°1, sentencia dictada por el 4° Juzgado de Garantía de Santiago en causa Ruc 2100240227-8 y Rit 2570-2021, cumpliendo su condena el día 10 de octubre de 2023 con los meses de rebaja de condena. Atendido que aún permanece privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Colina II, de forma ilegal y arbitraria, pide se acoja el recurso y se disponga su inmediata libertad. Segundo: Que, evacua informe Gendarmería de Chile, señalando que el inicio de cumplimiento de condena con fecha 13 de marzo de 2021 y cuya fecha de término está prevista para el 14 de marzo de 2024, siendo tiempo mínimo de cumplimiento el 14 de marzo de 2023. Agrega que según consta de sus registros, el interno fue presentado en el período del año 2022 cumpliendo con el requisito de conducta, donde fue calificado como Sobresaliente, siendo beneficiario con 3 meses de Rebaja de Condena, registrando fecha de cumplimiento con reducción de condena el 14 de diciembre de 2023, y que de sus registros el amparado será postulado nuevamente en el período 2023 proceso que se inicia el 06 de noviembre de 2023. Esto último, fue aclarado por Gendarmería de Chile que, conforme a instrucciones de la comisión de rebaja de condena, todo interno que cumpla posterior al 05 de noviembre del actual con dicho beneficio debe ser evaluado nuevamente por dicha comisión, y que según sus registros el amparado será postulado en Lista N°2 por mantener requisito de conducta. Por lo anterior, no aprecia en los hechos algún tipo de acción u omisión en que hubiere incurrido, por la cual se pueda vulnerar, amenazar, restringir o perturbar la seguridad individual del amparado, solicitando el rechazo de la presente acción cautelar. Tercero: Que, atendido lo informado por Gendarmería de Chile y siendo la autoridad competente quien lleva el registro de los internos de cada Centro Penal, esta Corte prescinde del requerimiento en contra de la Secretaria Regional Ministerial Metropolitana de Justicia. Cuarto: Que el recurso de amparo, de conformidad a lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, es

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto por el defensor privado Carlos Godoy Marillán en favor de Martín Ignacio Gutiérrez Linconao. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2355-2023. Pronunciada por la Quinta Sala, integrada por la Ministra señora Mireya Eugenia López Miranda, el Ministro (S) señor Matias Felipe De La Noi Merino y la Abogada Integrante señora María Fernanda Vásquez Palma.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta de octubre de dos mil veintitrés. A los folios 11 y 12: a todo, téngase presente. Vistos y considerando: Primero: Que se interpone recurso de amparo en favor de Martín Ignacio Gutiérrez Linconao, actualmente privado de libertad en el CCP Colina II, en contra de la Secretaria Regional Ministerial Metropolitana de Justicia y Gendarmería de Chile, toda vez que su co

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