8º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

ISAPRE CON SALUD S.A. C/ JESUS ANTONIO JATAR RAMIREZ

Rol

Fecha

30 de octubre de 2023

Materia

FALSIFICA DE LICENCIAS MEDICAS O PENSION ART.202 INC.2° Y 3°

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes y teniendo además presente: 1° Que para efectos de decretarse un sobreseimiento definitivo se requiere que se encuentre cerrada una investigación, presupuesto que se infiere de su regulación dentro del Párrafo 7° denominado “Conclusión de la Investigación” del Título I “Etapa de Investigación” del Libro II “Procedimiento Ordinario” y de lo previsto en los artículos 248 y 271 inciso 1° del Código Procesal Penal. 2° Que el control de mérito de las imputaciones por parte de la judicatura de garantía es una atribución limitada, según nuestra legislación procesal penal, reservándose el sobreseimiento definitivo a las hipótesis previstas en el artículo 250 del Código Procesal Penal, requiriéndose al efecto un estado de convicción de plena certeza, a diferencia del juicio adjudicador de hechos que se sustenta en un estándar absolutorio más benigno para las defensas, a saber, la duda razonable. 3° En consecuencia, en mérito de los antecedentes expuestos en la presente audiencia, dado que existen diligencias pendientes -orden de investigar que no ha sido evacuada y el requerimiento de información de MEDIPASS- que permitieran arribar a dicho estado de convicción no se configura la hipótesis pretendida por el recurrente, por lo que se resolverá según se indicará. Y en estas condiciones, se confirma la resolución en alzada de fecha quince de septiembre del año en curso, dictada por el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, en causa RIT N° 1798-2022, que rechazó la solicitud de sobreseimiento definitivo parcial respecto de la imputada Ximena María de Elordy, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 letra a) del Código Procesal Penal. Acordada la decisión anterior con el voto en contra del abogado integrante don Rodrigo Asenjo Zegers, quien fue del parecer de revocar la resolución apelada, en razón a que los hechos descritos en la querella no evidencian la comisión de delitos de falsificación de licencias médicas, atendido el númer

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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, treinta de octubre de dos mil veintitrés. Sala: Cuarta Rol Corte: Penal-4904-2023 Ruc: 2210017489-1 Rit : O-1798-2022 Juzgado: 8º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: la Ministra señora Verónica Cecilia Sabaj Escudero, la Ministra (S) señora Maria Teresa Quiroz Alvarado y el Abogado Integrante señor Rodrigo Asenjo Zegers Relator: Paul Boulou Digitad

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