JUZGADO DE FAMILIA PUENTE ALTO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

30 de octubre de 2023

Materia

ALIMENTOS

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se confirma, en lo apelado, la resolución de catorce de agosto del año en curso, dictada por el Juzgado de Familia de Puente Alto, en los autos RIT C-2097-2023. Devuélvase. N° 1166-2023 Familia.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, treinta de octubre de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se confirma, en lo apelado, la resolución de catorce de agosto del año en curso, dictada por el Juzgado de Familia de Puente Alto, en los autos RIT C-2097-2023. Devuélvase. N° 1166-2023 Familia.

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica