SIN INFORMACION

CEANT/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

30 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Tomás Matheson Mujica, abogado, deduce recurso de protección en favor de Reginald Ceant, nacional de Haití, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal y arbitraria que perturba el legítimo ejercicio de su derecho de igualdad ante la ley, consagrado en el artículo 19 N°2 de la Carta Fundamental. Indica que el 25 de agosto de 2021, el recurrente solicitó una ampliación del beneficio migratorio de permanencia definitiva respecto del cual la autoridad migratoria no se ha pronunciado. Señala que el tiempo excesivo de tramitación de la solicitud constituye una ilegalidad que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N°19.880, que consagran los principios de celeridad e impulso de oficio por parte de la autoridad. Pide que se ordene a la recurrida otorgar a la brevedad el acto administrativo terminal del proceso de residencia definitiva. Segundo: Que informa el Servicio Nacional de Migraciones, señalando que la presente acción ha perdido oportunidad, por cuanto mediante Resolución Exenta N°23342119 de 6 de septiembre de 2023, se revolvió la solicitud de permanencia definitiva del recurrente, otorgándola. Tercero: Que, para analizar el asunto planteado por la presente vía, resulta conveniente consignar que el recurso de protección de garantías constitucionales, establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que priva, o amenace ese atributo. Se trata, por consiguiente, de una acción de cautela de derechos garantizados a nivel constitucional cuya existencia sea indubitada y que se encuentren conculcados de manera sufici

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia se declara que se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por Reginald Ceant en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Nº 3132-2023 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, treinta de octubre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Tomás Matheson Mujica, abogado, deduce recurso de protección en favor de Reginald Ceant, nacional de Haití, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal y arbitraria que perturba el legítimo ejercicio de su

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica