SIN INFORMACION

MARIELA BEATRIZ PARRAGUEZ CABALLERO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

26 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que la abogada Linda Susana Catalán Appelgren deduce recurso de amparo en favor de Mariela Beatriz Parraguez Caballero, Rut 17.052.631-7, recluida en CET Femenino Semi abierto de Santiago, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que no otorgó el beneficio de libertad condicional a su representada. Explica que la persona en cuyo favor recurre se encuentra cumpliendo una penas de ocho años de presidio menor en su grado máximo por el delito de tráfico ilícito de drogas, registrando como fecha de inicio de condena el 30 de enero de 2019, estimándose como fecha de término el 30 de enero de 2027, cumpliendo el tiempo mínimo para postular al beneficio el 30 de enero de 2023, que corresponde a la mitad del tiempo de su condena, de acuerdo al artículo 3° ter del D.L. 321, al tener un hijo menor de 3 años. Indica que la conducta de la interna ha sido calificada los últimos cuatro bimestres como muy buena y que pese a cumplir con todos los requisitos para obtener el beneficio solicitado, éste le fue denegado ilegal e infundadamente. Refiere que la resolución que rechaza el beneficio de Libertad Condicional es un acto ilegal, pues contraviene lo expresado en el artículo 2º del Decreto Ley 321 y en el artículo 3º del Decreto Supremo 338, pues la interna cuenta con tiempo mínimo cumplido, conducta intachable y con un informe de postulación psicosocial que acredita avances en su proceso de reinserción. Respecto de este último, recalca que la normativa no habla de un informe favorable, sino que un informe que oriente sobre factores de reincidencia y demás antecedentes sociales del postulante a efectos de poder elaborar con dicho análisis el plan de intervención que seguirá con su delegado de Libertad Condicional; ello, sin perjuicio que se indique que tiene tres hijos menores de edad y que se encuentra adherida en un CET Semiabierto demostrando que se ha superado y ha adquirido herramientas para desenvolverse lícitamente en el medio li

Fundamentos

considerando séptimo. Acordada con el voto en contra del abogado integrante señor Santiago Albornoz Pollman, quien fue del parecer de acoger la acción constitucional interpuesta por considerar que en la especie concurren los requisitos objetivos para otorgar el beneficio a la persona en cuyo favor se recurre, desde que los antecedentes mencionados en el informe de Gendarmería permiten concluir que ésta ha demostrado avances significativos en su proceso de reinserción social y, considerando, además, desde una perspectiva de género, que es madre de un niño menor de tres años, por lo que su libertad le permitirá el cuidado de éste, cuestión que no sólo es más favorable para ambos, sino también para la sociedad. Regístrese y, en su oportunidad, archívese. N° 743-2023-Amparo.

Fallo

por lo expuesto, el acto no es ilegal toda vez que la resolución que se pronunció sobre la solicitud de libertad condicional del recurrente fue dictada por autoridad competente, en el ejercicio de las funciones encomendadas por la ley, y con el suficiente mérito para ello, encontrándose debidamente fundamentada, por lo que el presente arbitrio no puede prosperar. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto a favor de Mariela Beatriz Parraguez Caballero en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Se previene que la Ministro Liliana Mera Muñoz no comparte el párrafo segundo del considerando séptimo. Acordada con el voto en contra del abogado integrante señor Santiago Albornoz Pollman, quien fue del parecer de acoger la acción constitucional interpuesta por considerar que en la especie concurren los requisitos objetivos para otorgar el beneficio a la persona en cuyo favor se recurre, desde que los antecedentes mencionados en el informe de Gendarmería permiten concluir que ésta ha demostrado avances significativos en su proceso de reinserción social y, considerando, además, desde una perspectiva de género, que es madre de un niño menor de tres años, por lo que su libertad le permitirá el cuidado de éste, cuestión que no sólo es más favorable para ambos, sino también para la sociedad. Regístrese y, en su opor

Texto Completo (Preview)

Certifico que se anunció y alegó por el recurso de amparo la abogada Linda Catalán. San Miguel, 26 de octubre de 2023. Cristián Calderón Bórquez, relator. San Miguel, veintiséis de octubre de dos mil veintitrés. Al escrito folio 9: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que la abogada Linda Susana Catalán Appelgren deduce recurso de amparo en favor de Mariela Beatriz Parraguez Cab

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