DAVID ISAAC OLIVARES AGUILERA/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL SEGUNDO SEMESTRE
Rol
Fecha
26 de octubre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece PEDRO PRADO NAVARRO, abogado, deduciendo recurso de amparo en favor de DAVID ISAAC OLIVARES AGUILERA, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por estimar que el amparado según la documentación presentada anotaciones previas, dando cuenta de una escala delictual que termina con el ilícito de tráfico del artículo 4° de la ley 20.000 y otros, por el que actualmente purga condena (sic). Señala que si bien es posible apreciar y reconocer un avance relevante en su proceso de reinserción por la muy buena conducta de su representado, resulta aconsejable un mayor periodo de observación en función de sus antecedentes, a pesar del periodo de condena que le queda por cumplir, ya cumple con el tiempo contemplado como requisito y que debe mejorar en lo tocante a no validar el delito como medio de subsistencia, unido a su trayectoria laboral en el medio libre. A pesar de esos antecedentes se desaconsejan por ahora, otorgar el beneficio solicitado. Sin embargo, el interno, actualmente ha cumplido más de dos tercios de su condena por lo cual cumple con el tiempo mínimo requerido como requisito. Además, cuenta con todo su periodo de muy buena conducta exigido como requisito, logrando tener excelente comportamiento, cumpliendo los requisitos que establecen los numerales 1° y 2° del artículo 2° del D.L Nº 321. El interno indica que cuenta con promesa de laboral. Sostiene que la recurrida no ha tenido presente los avances que ha presentado el amparado en su proceso de reclusión, los que se traducen su buen comportamiento con todas sus calificaciones de muy buena conducta, no teniendo sanciones ni castigos en la unidad penal durante todo ese tiempo, sin problemas de habitad (sic) tanto con el personal a cargo de gendarmería ni con sus pares que viven junto a él, que cumplía con su tiempo mínimo de postulación. Añade que a pesar de que el informe emitido por Gendarmería de Chile a la Comisión de la Libertad Condicional no es favorable, el señor OLIVARES AGUILERA contradiciendo lo que en detalle se pretende decir y establecer del interno, que no es favorable que recupere su libertad y salga al medio libre (sic). Los argumentos esgrimidos por la Comisión son arbitrarios, los cuales hacen omisión de todos los avances que ha presentado el amparado en su reclusión. Todo lo señalado anteriormente, constituyen avances en su proceso de reinserción y demuestran su intención de rehabilitarse para la vida extramuros. Por lo señalado anteriormente, la decisión adoptada por la Comisión de Libertad Condicional es arbitraria, al concluir mediante su resolución que el amparado no cumple el requisito para obtener el beneficio de Libertad Condicional, al considerarse que el informe de postulación psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile se desprende que el interno no cumple con los requisitos necesarios para el cumplimiento en libertad. Como señala el numeral 3° de la norma aludida, el informe es orientador, por lo tanto, no es
Fallo
Por estas consideraciones solicita tener por deducido recurso de amparo en favor de DAVID ISAAC OLIVARES AGUILERA y contra de la Comisión de Libertad Condicional, con el fin de otorgar al amparado la protección debida a su libertad personal y seguridad individual, corrigiendo los vicios que impiden la concreción del mentado beneficio. SEGUNDO: Que, evacuó informe Ana Marcela Alfaro Cortés, integrante de la Comisión de Libertad Condicional año 2023. Expone que la comisión que preside acordó rechazar la solicitud formulada por el amparado, por los siguientes motivos: - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado, que no permiten demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar un mediano riesgo de reincidencia. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia de la gravedad del delito. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia del mal causado. Añade que todos estos motivos permiten sostener que “compartiendo esta Comisión lo señalado en el informe psicosocial elaborado por el equipo técnico de Gendarmería, que señala que el interno debe disminuir factores de riesgo en actitud orientación pro criminal y patrón antisocial. Mantiene sistema de creencias que entiende el delito como un sistema válido para cubrir necesidades, registra actitud desfavor
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Olivares Aguilera David Isaac Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N° 387-20223.- La Serena, veintiséis de octubre de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece PEDRO PRADO NAVARRO, abogado, deduciendo recurso de amparo en favor de DAVID ISAAC OLIVARES AGUILERA, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por estimar que el amparado según la documen
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