ARCILA/CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LA ARAUCANA
Rol
Fecha
26 de octubre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 2 de agosto de 2023 comparece el abogado Marco Jiménez Barra, quien comparece en favor de Luis Rodrigo Arcila Quezada, e interpone recurso de protección en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar La Araucana, por el acto que considera ilegal y arbitrario consistente en efectuar descuentos de sus remuneraciones por concepto de crédito social, vulnerando de este modo las garantías que la Constitución Política de la República le asegura en su artículo 19 números 2 y 24. Señala que el 6 de marzo de 2020 solicitó un crédito de dinero a la recurrida, por la suma de $11.090.390 por concepto de capital, más los intereses correspondientes, pagaderos en 60 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $303.105. Relata que lamentablemente se vio imposibilitado de cumplir con el pago de las cuotas pactadas, constituyéndose en mora a partir de octubre de 2022, no teniendo más noticias del cobro del crédito hasta junio de 2023, al percatarse en su liquidación de sueldo, que esta era considerablemente inferior. Al analizarla observó que se hacía un descuento a favor de la recurrida por $349.019, el cual se repitió en julio de 2023 por $303.105. Alega que jamás fue informado de la decisión unilateral de descuento, vulnerándose su derecho de propiedad, esto a pesar de autorizarse los descuentos conforme al artículo 22 de la Ley N° 18.833, toda vez que es un beneficio que se otorga para el cobro oportuno, lo cual no se verifica en los hechos. Pide en definitiva se ordene a la recurrida se desista de los cobros por concepto de descuentos efectuados por planilla; se devuelvan las sumas descontadas por motivo del crédito individualizado; y se condene en costas a la recurrida; Segundo: Que el 21 de septiembre de 2023 evacuó informe Caja de Compensación de Asignación Familiar La Araucana. Contextualiza que el 6 de marzo de 2020 otorgó al recurrente el crédito social folio 138-000254612, por la suma total de $11.090.390, pactado en
Fundamentos
fundamentos referidos se acogerá como se dirá en lo resolutivo el recurso de protección, no siendo necesario ahondar sobre la otra garantía individualizada en la acción constitucional.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se acoge el recurso de protección interpuesto por don Luis Rodrigo Arcila Quezada en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar La Araucana, por lo que la recurrida deberá abstenerse de efectuar los descuentos y, en consecuencia, deberá restituir todas las sumas descontadas al recurrente desde el mes de junio de 2023 en adelante, que le fueron remesadas y que sean consecuencia del crédito social materia de esta causa. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-13393-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de octubre de dos mil veintitrés. Al folio 16; a todo, téngase presente. Al folio 17; a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 2 de agosto de 2023 comparece el abogado Marco Jiménez Barra, quien comparece en favor de Luis Rodrigo Arcila Quezada, e interpone recurso de protección en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar
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