SIN INFORMACION

FAJARDO/ISAPRE BANMÉDICA S.A.

Rol

Fecha

26 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INCOMPETENCIA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente el documento acompañada al libelo, da cuenta que el recurrente se encuentra domiciliado en la comuna de Ñuñoa, y que el acto cuya ilegalidad y arbitrariedad se impugna mediante la presente acción cautelar tuvieron lugar en la ciudad de Santiago, lo que permite colegir que sus efectos se producirán fuera de los límites del territorio jurisdiccional de este Tribunal de Alzada y, visto lo previsto en el Numeral Uno del Auto Acordado del Máximo Tribunal sobre la materia, se declara la incompetencia de esta Corte para conocer del arbitrio de inicio, debiendo remitirse a la I. Corte de Apelaciones de Santiago, por corresponderle su conocimiento y resolución. Dese cumplimiento a lo ordenado por la Unidad de Causas, sirviendo la presente resolución como suficiente y atento oficio remisor. N°Protección-22947-2023.

Fallo

Se resuelve derechamente a folio N°1, Ingreso recurso: Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente el documento acompañada al libelo, da cuenta que el recurrente se encuentra domiciliado en la comuna de Ñuñoa, y que el acto cuya ilegalidad y arbitrariedad se impugna mediante la presente acción cautelar tuvieron lugar en la ciudad de Santiago, lo que permite colegir que sus efectos se producirán fuera de los límites del territorio jurisdiccional de este Tribunal de Alzada y, visto lo previsto en el Numeral Uno del Auto Acordado del Máximo Tribunal sobre la materia, se declara la incompetencia de esta Corte para conocer del arbitrio de inicio, debiendo remitirse a la I. Corte de Apelaciones de Santiago, por corresponderle su conocimiento y resolución. Dese cumplimiento a lo ordenado por la Unidad de Causas, sirviendo la presente resolución como suficiente y atento oficio remisor. N°Protección-22947-2023.

Texto Completo (Preview)

Hog. C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiséis de octubre de dos mil veintitrés. Proveyendo folio N°3, En cumplimiento de lo ordenado: Por cumplido lo ordenado. Se resuelve derechamente a folio N°1, Ingreso recurso: Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente el documento acompañada al libelo, da cuenta que el recurrente se encuentra domiciliado en la comuna de Ñuñoa, y que

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