PATRICIO AMADOR RIOS JEREZ C/ LOS CONQUISTADORES SPA
Rol
Fecha
25 de octubre de 2023
Materia
ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES.ART. 468, 467, 469, 470 (SE EXCLUYE EL Nº 1 Y Nº 3 ) 473.
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y alegaciones efectuadas por el Ministerio Público, de los cuales se desprende que la resolución recurrida de apelación no se encuentra comprendida en ninguna de las hipótesis previstas en los artículos 270 y 370 del Código Procesal Penal que harían procedente a su respecto dicho recurso, se declara INADMISIBLE el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de fecha trece de octubre de dos mil veintitrés, que tuvo por comunicada la decisión de no perseverar. Devuélvase. N°Penal-1491-2023. (sac)
Fallo
se declara INADMISIBLE el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de fecha trece de octubre de dos mil veintitrés, que tuvo por comunicada la decisión de no perseverar. Devuélvase. N°Penal-1491-2023. (sac)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veinticinco de octubre de dos mil veintitrés. Al folio 7 y 8: A todo: téngase presente. Resolviendo la incidencia planteada por el Ministerio Público previo a la vista de la causa: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y alegaciones efectuadas por el Ministerio Público, de los cuales se desprende que la resolución recurrida de apelación no se encuentra comprendida
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