JUZGADO DE GARANTIA DE TEMUCO

PATRICIO AMADOR RIOS JEREZ C/ LOS CONQUISTADORES SPA

Rol

Fecha

25 de octubre de 2023

Materia

ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES.ART. 468, 467, 469, 470 (SE EXCLUYE EL Nº 1 Y Nº 3 ) 473.

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y alegaciones efectuadas por el Ministerio Público, de los cuales se desprende que la resolución recurrida de apelación no se encuentra comprendida en ninguna de las hipótesis previstas en los artículos 270 y 370 del Código Procesal Penal que harían procedente a su respecto dicho recurso, se declara INADMISIBLE el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de fecha trece de octubre de dos mil veintitrés, que tuvo por comunicada la decisión de no perseverar. Devuélvase. N°Penal-1491-2023. (sac)

Fallo

se declara INADMISIBLE el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de fecha trece de octubre de dos mil veintitrés, que tuvo por comunicada la decisión de no perseverar. Devuélvase. N°Penal-1491-2023. (sac)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veinticinco de octubre de dos mil veintitrés. Al folio 7 y 8: A todo: téngase presente. Resolviendo la incidencia planteada por el Ministerio Público previo a la vista de la causa: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y alegaciones efectuadas por el Ministerio Público, de los cuales se desprende que la resolución recurrida de apelación no se encuentra comprendida

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