SIN INFORMACION

CABEZAS/COMUNIDAD VENTAN AL PARQUE

Rol

Fecha

25 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: 1°) Que acciona de protección la abogada Natalia Paz Cabezas Martínez, en representación de doña Marcela Nercam Guzmán, contra de la Comunidad del Edificio Ventanas al Parque, por el acto que estima ilegal y arbitrario de instalar una cámara de seguridad en la salida de su departamento, lo que vulnera lo dispuesto en el artículo 19 Nºs1, 2 y 4 de la Constitución Política de la República. Expone que la actora es propietaria y residente de la Comunidad Edificio Ventanas al Parque, en la comuna de Recoleta desde el mes de junio del año 2007 a la fecha. Su departamento corresponde al número 1614, ubicado en el piso 16 del edificio y con fecha 21 de mayo de 2023, tomó conocimiento al salir de su departamento que se había instalado una cámara cuya posición estaba orientada directamente hacia la puerta de su departamento. Posteriormente verificó personalmente que solo en el piso 16 hay dos cámaras de seguridad, puesto que en los restantes pisos de la torre sólo constan de 1 cámara. Señala que el mismo día 21 de mayo de 2023, le escribió a don Guillermo Cortés, administrador del edificio, solicitándole el retiro de la cámara que apunta directo a su departamento, además le habría señalado que se le estaría vulnerando derechos, sin embargo, sólo se le indicó que se respondería su solicitud. Agrega que esta situación le ha generado un stress grave a su representada, ya que siente afectada su privacidad, toda vez que, está siendo vigilada desde que sale de su departamento hasta su regreso, y no solo eso, sino que quienes la visitan, también se han sentido menoscabadas, más aún cuando uno de los conserjes le habría comentado, que para ponerle esa cámara habrían dejado sin cámara en el piso 15, y por ese motivo, es que ese piso no tiene cámara, lo que solo da cuenta del hostigamiento, por parte de la administración hacía su persona, perturbando de manera grave su integridad psíquica y emocional, lo cual le ha provocado sintomatolgía angustiosa, de ira, estrés y angusti

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, la acción de protección interpuesta en favor de Marcela Nercam Guzmán. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. N°Protección-11249-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de octubre de dos mil veintitrés. A los escritos folios 30 y 31: a todo, téngase presente. Vistos: 1°) Que acciona de protección la abogada Natalia Paz Cabezas Martínez, en representación de doña Marcela Nercam Guzmán, contra de la Comunidad del Edificio Ventanas al Parque, por el acto que estima ilegal y arbitrario de instalar una cámara de seguridad en la

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