3ER JUZGADO CIVIL DE TEMUCO

ULLOA/CONSTRUCTORA JOSÉ MIGUEL GARCÍA Y CIA. LTDA

Rol

Fecha

31 de octubre de 2023

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Juan Pablo Díaz Arriagada, en contra de la resolución de fecha quince de septiembre de dos mil veintitrés, escrita a folio 264 en el cuaderno principal, por improcedente atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Devuélvase. N°Civil-1748-2023.(pjr)

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Juan Pablo Díaz Arriagada, en contra de la resolución de fecha quince de septiembre de dos mil veintitrés, escrita a folio 264 en el cuaderno principal, por improcedente atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Devuélvase. N°Civil-1748-2023.(pjr)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, treinta y uno de octubre de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Juan Pablo Díaz Arriagada, en contra de la resolución de fecha quince de septiembre de dos mil veintitrés, escrita a

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica