CONSTRUCTORA AVANZA PARK S.P.A. (DAVID CHAVEZ MOSQUEIRA) CON JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SAN BERNARDO
Rol
Fecha
24 de octubre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado David Chávez Mosqueira, por la parte demandada Constructora Avanza Park Spa en los autos RIT O-656-2022, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo, recurriendo de hecho en contra de la resolución de 8 de septiembre pasado que no concedió, por improcedente, la apelación interpuesta en contra de aquella que rechazó un incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento. Expresa que dedujo incidente de nulidad en los términos ya señalados siendo rechazada su petición el 1 de septiembre de 2023 por lo que apeló siendo declarada inadmisible por considerarla improcedente, conforme a lo dispuesto en el artículo 476 del Código del Trabajo. Sostiene que la resolución impugnada es susceptible de recurso de apelación y que debió concederse, pues se trata de una resolución cuya naturaleza jurídica es la de ser una interlocutoria que establece derechos permanentes en favor de las partes, ello al tenor del artículo 158 del Código de Procedimiento Civil, aplicándose en forma supletoria tales normas por reenvío de la codificación laboral, por lo que el recurso interpuesto resultaba procedente. Solicita que se acoja el presente recurso de hecho y se declare admisible la apelación interpuesta, con costas. Segundo: Que informó al tenor del recurso doña Clara Rojo Silva, jueza del Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo, refiriendo que en los autos RIT O-656-2022, el 7 de septiembre de 2023 la parte demandada dedujo recurso de apelación contra la resolución de fecha 1 de septiembre del presente año, que rechazó incidente de nulidad de lo obrado por falta de emplazamiento, deducido a su vez el día 18 de febrero de 2023. Indica que el juez titular don Arturo Briceño Rivera, el 8 de septiembre de 2023 no concedió el recurso de apelación por improcedente, conforme el expreso tenor del artículo 476 del Código del Trabajo, que solamente concede el recurso de apelación contra las sentenc
Fundamentos
motivos por los que deberá necesariamente desestimarse el presente recurso de hecho. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 203 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho deducido por el abogado David Chávez Mosqueira en representación de la demandada y en contra de la resolución de ocho se septiembre del año en curso, pronunciada en procedimiento de aplicación general sobre despido injustificado y cobro de prestaciones, RIT O-656-2022 del Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo. Comuníquese lo resuelto. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°614-2023-Laboral-Cobranza (recurso de hecho).
Texto Completo (Preview)
Certifico que se anunció y alegó en la Segunda Sala de la Corte, por el recurso de hecho el abogado señor David Chávez Mosqueira. San Miguel, 24 de octubre de 2023. Emil Ibarra Sáez, relator. San Miguel, veinticuatro de octubre de dos mil veintitrés. Al escrito folio 10: Téngase presente. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado David Chávez Mosqueira, por la parte demandada
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