SIN INFORMACION

HERNÁNDEZ,SANAGUA GUILLERMINA MARIA/REYES KOKISCH MARIA ISABEL

Rol

Fecha

24 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Cristian Contreras Fernández, abogado, en representación doña Guillermina María Hernández Sanagua, tercerista, en causa seguida ante el 17° Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol C-7266-2019, caratulados “Banco Security con Backboening Servicios Integrales de Computación Limitada”, e interpone recurso de hecho en contra de la resolución de 10 de mayo de 2023 dictada por la Juez doña Rocío del Pilar Pérez Gamboa, que resolvió respecto de recurso de reposición con apelación en subsidio presentado por su parte, en contra de resolución de 2 de mayo de 2023, que debía estarse al contenido de esta misma resolución de 2 de mayo del presente, que no se dio lugar a su solicitud de inoponibilidad de remate de inmueble, fundado en no ser parte en la causa. Expone que su representada compareció como como una tercera independiente de los intereses de ejecutante y ejecutado de autos, fundado en tener la calidad de arrendataria del inmueble, embargado y rematado, ubicado en Pasaje Matías Cousiño Dos N° 8117 de la Comuna de Peñalolén, conforme a contrato de arrendamiento suscrito de fecha 1 de julio de 2017. Explica que Banco Security interpuso demanda ejecutiva por dos mutuos adeudados, en contra de la sociedad Backboening Servicios Integrales de Computación Ltda., en calidad de tercer poseedor. Refiere que en su calidad de ocupante con justo título, con un derecho de propiedad por su calidad de arrendataria del inmueble subastado, no se le puso en conocimiento de la tramitación de la causa, para poder ejercer sus derechos, y el Tribunal, más aún, no proveyó su escrito de folio 67 en que se hace parte y designa abogado patrocinante. Indica que el 10 de mayo de 2022 el Banco ejecutante al momento de proponer las bases de remate, fijo un plazo para desalojó para los ocupantes. El tribunal con fecha 11 de mayo de dicho año, eliminó dicho punto de las bases. El 6 de diciembre de 2022, el tribunal ratificó su criterio anterior, al

Fallo

fallo del recurso de apelación interpuesto, con costas. Segundo: Que comparece la Juez Rocío Pérez Gamboa, Juez Titular informando en recurso de hecho, en los autos ejecutivos rol N° 7549-2023, caratulados Banco Security con Backboening, en los siguientes términos: 1.- Que, efectivamente con fecha 10 de mayo del 2023, se dictó la resolución, en cuanto estese a lo resuelto a folio 72, folio que dispone, que no siendo ésta parte en el juicio no se hace lugar a sus presentaciones. 2.- Que, para resolver en tal sentido el tribunal tuvo en consideración: a.- Que, la naturaleza del procedimiento es la de un juicio ejecutivo, en el que por mandato del artículo 518 del Código de Procedimiento Civil solo son admisibles la tercerías de: dominio; posesión, pago y prelación.- b.- Que en la especie el recurrente basa sus alegaciones en la inoponibilidad, originada en un contrato de arriendo que mantendría su representada, y que justificara su presencia en el inmueble subastado. Alegaciones que según el criterio de este Tribunal, deben ventilarse en un procedimiento distinto. 3.- Que, acorde a lo anterior, el tribunal se limitó a dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 434 y 518 y siguientes, todas normas del Código de Procedimiento Civil. Tercero: Que la resolución recurrida es aquella que no dio lugar a una apelación subsidiaria interpuesta por tercera ajena de la causa, en su calidad de arrendataria del inmueble en cuestión, en contra de la resolución que no dio lugar a su

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CA Santiago Santiago, veinticuatro de octubre de dos mil tres. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Cristian Contreras Fernández, abogado, en representación doña Guillermina María Hernández Sanagua, tercerista, en causa seguida ante el 17° Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol C-7266-2019, caratulados “Banco Security con Backboening Servicios Integrales de Computación Limitada”, e

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