ANONIMIZADO
Rol
Fecha
24 de octubre de 2023
Materia
ALIMENTOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo además presente: 1°- Que consta de los antecedentes de la causa que por resolución de 23 de mayo de 2022, el tribunal acogió una objeción a la denominada “certificación de deuda” de 20 de diciembre de 2021, dejándola sin efecto y dispuso practicar una liquidación de pensiones devengadas y adeudadas, con los criterios definidos en esa resolución, los que corresponden a la base de la liquidación practicada el 20 de julio de 2021, la sentencia de cese de la pensión de alimentos de septiembre de 2021 y las cuotas devengadas del acuerdo arribado por las partes el 3 de diciembre de 2014, las que se continúan...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de octubre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo además presente: 1°- Que consta de los antecedentes de la causa que por resolución de 23 de mayo de 2022, el tribunal acogió una objeción a la denominada “certificación de deuda” de 20 de diciembre de 2021, dejándola sin efecto y dispuso practicar una liquidación de pensiones devengadas y adeudadas, con los
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