FARÍAS/AMÉSTICA
Rol
Fecha
24 de octubre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 28 de junio de 2023 comparecen la abogada María Edith Bárbara Abarca Taibo y el Licenciado en Ciencias Jurídicas Arturo Eugenio Rozas-Peña Peña, en representación de ROSA MARY FARÍAS GONZÁLEZ, comerciante, ambos domiciliados para estos efectos en Moneda N °978, oficina 533, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, quienes interponen recurso de protección en contra de la MUNICIPALIDAD DE TENO, del CONCEJO MUNICIPAL de esa comuna y de SANDRA AMÉSTICA GAETE, Alcaldesa de Teno, ignoran profesión, quien es también representante legal de los dos primeros recurridos, todos domiciliados para estos efectos en calle Arturo Prat N°225, Comuna de Teno, Región del Maule, por haber incurrido en actos ilegales y arbitrario consistente en el acuerdo del 18 de enero de 2023 del Concejo Municipal de Teno que decidió rechaza la renovación de la patente de alcoholes de respecto de la recurrente por no tener la recepción definitiva de obras municipales, a través de Certificado N° 570/2021-2024 y acuerdo N°546/2021-2024, así como su anotación en los registros del Departamento de Rentas Municipales. Considera que se le ha privado, perturbado y negado el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales contempladas en los números 2°, 21°, 22° y 24° que son la Igualdad ante la Ley, el derecho a realizar cualquier actividad económica, la no discriminación del Estado en el trato en materia económica y el derecho de propiedad contemplados en la Constitución Política de la República. Solicita que se acoja el presente recurso de protección, ordenando dejar sin efecto los actos ilegales o arbitrarios relativos a la no renovación de la patente de alcoholes Rol 400095 y 400057; y en su lugar, se ordene a la I. Municipalidad de Teno, renovar las patentes, disponiendo que el Departamento de Rentas Municipales gire los derechos que corresponde a dicha patente de alcohol y, en definitiva, que perciba dichos valores, manteniéndola vigente mientras no se verifique una causal de extinción prevista en la ley, o adoptar las medidas que esta Corte considere necesario para el pleno restablecimiento del derecho, todo ello con costas. Previo al fondo del asunto, respecto a la oportunidad en la presentación del recurso, señala que el recibió notificación el cinco de Junio del 2023, de la resolución que rechaza reposición en contra de la decisión de renovación de su patente de alcoholes. En relación a los hechos fundantes del recurso señalan que Rosa Mary Farías González es contribuyente y titular de la patente municipal para operar el establecimiento de expendio de alcoholes en un inmueble ubicado en Parcela 57-A de la Comuna de Teno, Región del Maule, con los roles de patente N°400.057 y N°400.095. Indican que las patentes municipales fueron otorgadas hace 40 años aproximadamente y renovada durante todos estos años pagándose el respectivo impuesto en la Tesorería Municipal de forma semestral. Esta situación de renovación pacífica de patentes municipa
Fallo
por tanto, no cumplía con los requisitos para el otorgamiento y renovación de las patentes de alcoholes. El municipio, al tomar conocimiento de esta situación, notificó a la recurrente para que regularizara su situación, lo que consta en notificación de fecha 16 de noviembre de 2017, no obstante, no fue sino hasta el año 2020 que la recurrente reconoce haber recibido el aviso sobre su incumplimiento, y en ella, una advertencia que indicaba que el Concejo Municipal, eventualmente, no accedería a la renovación de sus patentes por no contar con recepción definitiva. De esta forma, en la época de renovación de las patentes de alcoholes, el local de bebidas alcohólicas “Don Daniel” estaba conformado por una edificación y ampliaciones que no tenían recepción definitiva de obras e infringía lo dispuesto en el artículo 145 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, así como el artículo 26 del Decreto Ley Nº3063 que regula las Rentas Municipales. Hace presente que, si bien la recurrente ingresó la primera solicitud de permiso de edificación en noviembre del año 2018, no es sino hasta febrero de 2023 que obtuvo la recepción definitiva de dichas obras, ya que en las oportunidades anteriores los proyectos presentados ante la Dirección de Obras Municipales no daban cumplimiento a la normativa constructiva. Dentro de este contexto, la recurrente envió varias cartas al municipio y al Concejo Municipal, informando sobre la tramitación de los permisos conducentes a regularizar la situ
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Talca, veinticuatro de octubre de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 28 de junio de 2023 comparecen la abogada María Edith Bárbara Abarca Taibo y el Licenciado en Ciencias Jurídicas Arturo Eugenio Rozas-Peña Peña, en representación de ROSA MARY FARÍAS GONZÁLEZ, comerciante, ambos domiciliados para estos efectos en Moneda N °978, oficina 533, Comuna de Santiago, Región Metr
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