SIN INFORMACION

YENDYS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

24 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

MIGRD13. ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: Que a folio 1 se deduce acción constitucional de protección en favor de OSMARYS DEL VALLE YENDYS MARTINEZ, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria de la recurrida en disponer plataforma web para efectos de dar cumplimiento a la solicitud de subsanación de documentos realizada por ésta última, cuestión que le impide continuar con la tramitación de su solicitud de residencia definitiva, vulnerando con ello su garantía de igualdad ante la ley, por lo que solicita se ordene a la recurrida habilitar el usuario de la recurrente con respecto a su Trámite N° 4276501 en la plataforma online del servicio recurrido, con costas. Que, se prescindió del informe, y se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en disponer plataforma online para la correcta tramitación de su solicitud de residencia definitiva. Segundo: Que, el Servicio informa sin referirse al fondo del recurso indicando que el trámite de residencia definitiva se encuentra en etapa de completar antecedentes. Tercero: Que, de los antecedentes se desprende que efectivamente la solicitud de residencia definitiva de la actora se encuentra pendiente de tramitación, habiéndose solicitado por Servicio que subsane o complete antecedentes, además se acredita en autos que en el perfil de la recurrente en la plataforma del Servicio a la fecha de la interposición del recurso no se encontraba disponible el trámite para efectos de subsanar los antecedentes. Cuarto: Que la omisión del Servicio constituye una discriminación arbitraria en la tramitación de la solicitud de residencia definitiva requerida por la recurrente, pues en relación con otros interesados éstos han tenido a su disposición la plataforma para efectos de subsanar o completar las distintas tareas que encomienda el Servicio, cuestión que no ocurre en el cado en concreto, lo que vulnera lo dispuesto en la garantía constitucional del artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, razón por la cual se acogerá esta acción en los términos que se indicarán.

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas el recurso de protección deducido en favor de OSMARYS DEL VALLE YENDYS MARTINEZ y, sólo en cuanto, el Servicio Nacional de Migraciones deberá habilitar en el perfil de la plataforma online de la recurrente, la tarea o el trámite respectivo a efectos que ésta pueda completar los antecedentes solicitados, dentro del plazo de 60 días. Regístrese, notifíquese, certifíquese una vez ejecutoriada, y en su oportunidad archívese. N°Protección-21219-2023.

Texto Completo (Preview)

tcc C.A. Valparaíso Valparaíso, veinticuatro de octubre de dos mil veintitrés. VISTOS: Que a folio 1 se deduce acción constitucional de protección en favor de OSMARYS DEL VALLE YENDYS MARTINEZ, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria de la recurrida en disponer plataforma web para efectos de dar cumplimiento a la solicitud de subsanación de documentos rea

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