TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE IQUIQUE

FISCALIA LOCAL IQUIQUE CONTRA CESAR ANTONIO PERLAZA VARELA

Rol

Fecha

24 de octubre de 2023

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y OÍDO: En los autos ROL IC 368-2023, RUC 2200734217-2, RIT 293-2023, el abogado sr. Ricardo Rivera Trujillo, defensor penal público, recurre de nulidad en contra de la sentencia de siete de junio pasado, dictada por la sala del Tribunal Oral Penal de Iquique, conformada por los Jueces titulares, sr. Rodrigo Vega Azócar, sr. Moisés Pino Pino, y sra. Loreto Jara Peña, que condena a César Antonio Perlaza Varela, en calidad de autor de un delito consumado de robo con intimidación, cometido en Iquique, el 29 de julio de 2022, a sufrir la pena corporal efectiva de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, y a las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, e inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: El abogado sr. Rivera formula en contra de la referida sentencia causal de nulidad del artículo 374 letra e), en relación a los artículos 342 letra c) y 297, todos del Código Procesal Penal, comenzando su recurso con la aseveración de haber discutido en el juicio la participación de su defendido porque la detención se produjo después de dos horas de ocurrido el hecho, porque no hay coincidencia entre la vestimenta del hechor y la que tenía su representado al ser detenido, porque las características dadas por las afectadas a los funcionarios policiales fueron genéricas e imprecisas, y porque a su representado no se le encontró el arma, ni la especie sustraída. Luego copia los hechos que el tribunal estimó acreditados, alude a la participación atribuida, reproduce secciones de la sentencia, y sostiene que concurre el vicio porque se considera en la sentencia como un hecho relevante que los testigos describen la comisión del hecho en términos idénticos, porque las características físicas del asaltante referidas por los testigos son genéricas, pues solo se hace referencia a una persona de tez morena, estatura mediana y delgada, pese

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Iquique, veinticuatro de octubre de dos mil veintitrés. VISTO Y OÍDO: En los autos ROL IC 368-2023, RUC 2200734217-2, RIT 293-2023, el abogado sr. Ricardo Rivera Trujillo, defensor penal público, recurre de nulidad en contra de la sentencia de siete de junio pasado, dictada por la sala del Tribunal Oral Penal de Iquique, conformada por los Jueces titulares, sr. Rodrigo Vega Azócar, sr. Moisés Pin

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