QUIÑONEZ / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
23 de octubre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1 comparece Jorge Lena Salgado, abogado, quien recurre de protección a favor de Sergio Rafael Quiñonez Lozada, venezolano, con domicilio para estos efectos en Valparaíso, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N° 23325918, de 25 de agosto de 2023, que rechazó su solicitud de permanencia definitiva, lo cual habría afectado su garantía fundamental de igualdad ante la ley, por lo que pide se deje sin efecto y en su lugar, la autoridad resuelva su situación
Fundamentos
considerando los comprobantes de pago que indica. Señala que efectuó su solicitud de permanencia definitiva N°12915880, el 24 de febrero de 2021, luego de lo cual, habiendo transcurrido mucho tiempo sin obtener respuesta, el 2 de diciembre de 2022 presentó recurso de protección ante esta Corte, con el rol N° 170647-2022, el que fue acogido el 1 de febrero de 2023, ordenando a la recurrida pronunciarse en el plazo de 60 días. Posteriormente, el 10 de abril de 2023 recibió documento denominado “Solicita pago de derechos y antecedentes” en que la recurrida le indica que debe pagar una multa, por haber solicitado su permiso de residencia una vez vencido su permiso y/o haber trabajado sin autorización, dándole las instrucciones pertinentes para ello. A continuación, el 19 de junio de 2023 recibió notificación electrónica denominada “previo rechazo” en que la autoridad le indica que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 91 de la Ley N°21.325, en relación al artículo 88 del Reglamento de la misma ley, su parte se encontraba comprendido en una causal de rechazo de su solicitud de permanencia definitiva, por no haber pagado los derechos correspondientes al beneficio solicitado, y por contar con una multa no pagada, por lo que debía ingresar a la página de trámites de extranjería, sección multas y pagar la que tuviese pendiente, así como también a la bandeja de entrada, en sección proceso de pago, a fin de pagar los derechos respectivos. Agrega que su parte cumplió con las instrucciones dadas por la recurrida, emitiéndose resolución de 20 de junio de 2023, que calcula su multa en la suma de $253.052, la que pagó ese mismo día, así como también los derechos relativos al beneficio solicitado, por $113.448, de todo lo cual dio cuenta a la recurrida. Sin embargo, el 25 de agosto de 2023 la autoridad dicta la Resolución Exenta N°23325918, que rechaza la solicitud de residencia definitiva, esgrimiendo el argumento de que el extranjero no remitió la sanción solicitada por la autoridad, por lo que, de acuerdo al artículo 88 N°1 de la Ley N°21.325, es procedente el rechazo de su solicitud. Asimismo, se ordena su abandono del país en un plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución respectiva. Refiere que la resolución es ilegal, por carecer de fundamentos, por cuanto se basa en un supuesto de hecho falso, como demuestra con los documentos que adjunta a su recurso. De esa forma, la resolución recurrida trasgrede los artículos 11 y 41 de la Ley N°19.880 y con ello, la garantía de igualdad ante la ley, por lo que pide se deje sin efecto la resolución aludida y, en su lugar, se pronuncie la autoridad sobre su petición de residencia definitiva, considerando el comprobante de pago de derechos y sanción pecuniaria que no fueron considerados en su miento, en el plazo más breve posible. Acompaña documentos al recurso. A folio 8 evacúa informe el Servicio Nacional de Migraciones, quien requiere en primer lugar, se declare la inadmisibilidad del
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Sergio Rafael Quiñonez Lozada, en contra del Servicio de Migraciones, y en consecuencia se deja sin efecto la Resolución Exenta N°23325918 de 25 de agosto de 2023, disponiéndose que la autoridad recurrida deberá resolver, como en derecho corresponda, la solicitud de permanencia definitiva efectuada por el actor el 24 de febrero de 2021, considerando los pagos que dan cuenta los documentos adjuntados en el folio 1 de la presente causa, en especial, los señalados en los números 3, 4 y 8 del primer otrosí del recurso de protección. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección 22248-2023. En Valparaíso, veintitrés de octubre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintitrés de octubre de dos mil veintitrés. Visto: A folio 1 comparece Jorge Lena Salgado, abogado, quien recurre de protección a favor de Sergio Rafael Quiñonez Lozada, venezolano, con domicilio para estos efectos en Valparaíso, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N° 23325918, de 25 de agosto de 2023,
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