SOCIEDAD CONCESIONARIA AUTOPISTA CENTRAL Y OTRAS/CURIHUAL HUIRCÁN GONZALO ROSENDO
Rol
Fecha
3 de noviembre de 2023
Materia
SIN MATERIA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que conforme lo que dispone el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, la apelación debe contener la formulación de peticiones concretas, lo que determina el asunto que debe ser conocido en el tribunal de alzada. 2°) Que la apelación de fojas 36 con fecha cinco de octubre del presente año, no cumple con el requisito antes dicho, razón por la cual y atendido lo establecido en el párrafo precedente, el recurso de apelación no puede prosperar. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 201 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha cinco de octubre del presente año, en contra de la sentencia de fojas 29 de fecha veintiséis de septiembre del presente año. Regístrese y devuélvase. N°Policia Local-3438-2023.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha cinco de octubre del presente año, en contra de la sentencia de fojas 29 de fecha veintiséis de septiembre del presente año. Regístrese y devuélvase. N°Policia Local-3438-2023.
Texto Completo (Preview)
kom C.A. de Santiago Santiago, tres de noviembre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: 1°) Que conforme lo que dispone el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, la apelación debe contener la formulación de peticiones concretas, lo que determina el asunto que debe ser conocido en el tribunal de alzada. 2°) Que la apelación de fojas 36 con fecha cinco de octubre del presente
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