ANONIMIZADO
Rol
Fecha
23 de octubre de 2023
Materia
CUIDADO PERSONAL DEL NIÑO
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 67 N°2 de la Ley N° 19.968, se confirma, en lo apelado, la resolución de trece de junio de dos mil veintitrés, dictada en la causa Rit C-547-2023, por el Juzgado de Familia de San Antonio. Notifíquese y devuélvase. N°Familia-869-2023. En Valparaíso, veintitrés de octubre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
dgm C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintitrés de octubre de dos mil veintitrés. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 67 N°2 de la Ley N° 19.968, se confirma, en lo apelado, la resolución de trece de junio de dos mil veintitrés, dictada en la causa Rit C-547-2023, por el Juzgado de Familia de San Antonio. Notifíquese y devuélvase. N°Familia-86
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica