CARLOS ALEJANDRO GARCÍA GALLEGUILLOS/JUZGADO DE GARANTIA DE LA SERENA Y DEFENSORIA PENAL PUBLICA Y AL CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL.
Rol
Fecha
21 de octubre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece JOSÉ ALEJANDRO OYARZO ORTIZ, abogado, en representación de CARLOS ALEJANDRO GARCIA GALLEGUILLOS, interponiendo acción de amparo constitucional. Expone que su representado el día 17 de diciembre del 2020 fue condenado en un procedimiento simplificado como autor de un delito consumado de conducción en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 196, en relación con el artículo 110, de la ley 18.290, ilícito perpetrado el día 30 de mayo del año 2019, en la comuna de La Serena, a la pena de SESENTA Y UN (61) DIAS, de presidio menor en su grado mínimo, multa de dos (2) unidades Tributarias Mensuales, más las penas accesorias del artículo 30, del Código Penal, esto es, la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. Asimismo, se condena al sentenciado a la pena accesoria de SUSPENCIÓN DE LA LICENCIA, para conducir vehículos motorizados por el término de CINCO (05) años. En aquella oportunidad, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA, por el término de sesenta y un días, debiendo permanecer encerrado en su domicilio entre las 22 horas de cada día hasta las 06:00, horas del día siguiente. Luego, con fecha 26 de enero de 2021, el centro de Reinserción Social de La Serena informa no presentación del penado, por lo que el Juzgado de Garantía con fecha 27 de enero del 2021, fija audiencia para discutir un posible quebrantamiento para el día 12 de febrero de 2021, a las 08:30, siendo supuestamente notificado por cedula su representado, pero dicha notificación no llego a manos de su representado, luego se despacha una orden de detención por no comparecer a la audiencia y su representado el día 16 de marzo de 2021 se presenta voluntariamente a Policía de Investigaciones de calle Anfión Muñoz N°700, de la ciudad de La Serena, donde es conectado vía plataforma zoom por personal policial, llevando a cabo la audiencia en Juzgado de Garantía de La Serena por el magistrado ALAIN ALEJANDRO MALDONADO LIBERONA, decide intensificar la pena de RECLUSIÓN PARCIAL NOCTURNA CON MONITOREO TELEMATICO, A RECLUSIÓN PARCIAL NOCTURNA PENITENCIARIA, por todo el tiempo de esta condena respecto del sentenciado CARLOS ALEJANDRO GARCIA GALLEGUILLOS, a pesar que el defensor penal público señaló que su representado no se habría presentado por motivos estrictamente laborales ya que no había recibido autorización por parte de su empleador para ingresar a la faena Minera en la cual trabaja con el dispositivo de monitoreo, solicitó se autorice el reingreso al programa y que el propio fiscal Sr. German Calquín Meza señala que el sentenciado no presenta nuevas condenas, es decir, se realiza una intensificación de la condena con tal solo un incumplimiento justificado por lo demás por temas laborales, no escuchando u omitiendo dicha situación el Juez a quo. Posteriormente, con fecha 22 de marzo de 2021, se decretó que la
Fallo
Por estas consideraciones solicita se declare la ilegalidad y arbitrariedad de la resolución de fecha 27 de julio del 2023, en donde: se revoca la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna penitenciaria y en su lugar se disponga que el sentenciado cumpla la pena de forma efectiva. Asimismo, se declare que no existió un debido proceso en la tramitación de la causa al no ser escuchado su representado y con contar con una defensa negligente, luego de no presentar los recursos correspondientes en contra de las sentencias que revocaban o intensificaban la condena de cumplimiento sustitutivo en el medio libre y que, como consecuencia de lo anterior, se adopte todo tipo de medidas dirigidas a restablecer el imperio del Derecho y asegurar la tutela de todos los derechos fundamentales violados, poniendo fin a los actos arbitrarios e ilegales; se ordene a la Defensoría Penal Pública que instruya los sumarios internos respectivos que permitan dilucidar las responsabilidades administrativas involucradas, informando a esta Corte el resultado de dichos sumarios, una vez afinados; se ordene a la Defensoría Penal Pública adoptar las medidas necesarias para impedir que se repitan actos que importen una defensa negligente e inadecuada; se ordene al Juzgado de Garantía de La Serena dejar sin efecto la resolución de fecha 27 de julio del 2023, en donde se revoca la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna penitenciaria y se dispone que su representado cumpla la pena de forma efectiva,
Texto Completo (Preview)
García Galleguillos, Carlos Alejandro Juzgado de Garantía de La Serena y otros Recurso de Amparo Rol N°378-2023.- La Serena, veintiuno de octubre de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece JOSÉ ALEJANDRO OYARZO ORTIZ, abogado, en representación de CARLOS ALEJANDRO GARCIA GALLEGUILLOS, interponiendo acción de amparo constitucional. Expone que su representado el día 17 de
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