GUACOLDA DE LAS MERCEDES SERRANO ARANCIBIA CON TESORERIA GENAERAL DE LA REPUBLICA
Rol
Fecha
20 de octubre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: Que las peticiones realizadas por el recurrente fueron planteadas en forma subsidiaria, por lo que no se produce la incompatibilidad procesal señalada por el tribunal a quo y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 120 del Código Tributario y artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil se revocan, en lo apelado, las resoluciones de siete de enero, ambas del año dos mil veintidós, pronunciadas en cobranzas de obligaciones tributarias substanciadas ante la Tesorera Regional Metropolitana de Santiago Sur, en roles N°1002-19994-La Cisterna y N° 1002-1997-La Cisterna, que rechazaron en cada caso el decaimiento del procedimiento administrativo alegado y se declara que el juez substanciador deberá pronunciarse sobre ellas en cada una de las causas antes indicadas. Devuélvase vía interconexión. N° 51-2023-Tributaria.
Fallo
se declara que el juez substanciador deberá pronunciarse sobre ellas en cada una de las causas antes indicadas. Devuélvase vía interconexión. N° 51-2023-Tributaria.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veinte de octubre de dos mil veintitrés. A los escritos folio 13 y 14: Téngase presente. Vistos y teniendo únicamente presente: Que las peticiones realizadas por el recurrente fueron planteadas en forma subsidiaria, por lo que no se produce la incompatibilidad procesal señalada por el tribunal a quo y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 120 del Código Tributario y
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