ZEPEDA CID SERGHI ALEXIS/COMISION TECNICA SANTIAGO SUR
Rol
Fecha
20 de octubre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO: Que, recurre de amparo, Gerardo Alex Morales Parra, abogado por el amparado don Serghi Alexis Zepeda Cid, actualmente cumpliendo condena en el Centro de detención SANTIAGO SUR, en contra del Consejo Técnico De Santiago Sur, por la omisión ilegal y arbitraria de no evaluar los 22 antecedentes de postulación del amparado para obtener el derecho al beneficio de salida dominical. En cuanto a los hechos que fundamentan su recurso, señala que el amparado se encuentra actualmente cumpliendo condena de 3 años y un día, por un delito de tenencia de arma de fuego. Explica que cumple los requisitos para la obtención del beneficio de salida dominical toda vez que, a la fecha de la postulación en julio de 2023, llevaba 22 meses cumplidos, de un total de 36 meses, faltando sólo 14 meses para terminar su condena. Asimismo, indica que presenta muy buena conducta, mantiene arraigo social y familiar con sus padres que lo visitan regularmente, se le ha ofrecido trabajo en el medio libre y se encuentra eximido de los estudios toda vez que cuenta con su enseñanza media completa. Sin embargo, pese a los aspectos positivos indicados y al cumplimiento de los requisitos legales, en el mes de septiembre de 2023 fue notificado del rechazo de su solicitud sin ningún fundamento. Atendido el mérito de lo expuesto, solicita acoger el recurso en todas sus partes, ordenando, como medida para restablecer el imperio del Derecho ordenar que el amparado reuniendo los requisitos legales, obtenga el beneficio de salida dominical. SEGUNDO: Que, informa en representación de la recurrida el abogado Néstor Rojas Pardo, quien solicita el rechazo del recurso toda vez que, de los registros del Consejo, no consta que el amparado haya solicitado el beneficio de salida dominical, los cuales requieren necesariamente una postulación voluntaria y expresa por parte de los internos que cumplen los requisitos de procedencia. Señala que la concurrencia de los requisitos, únicamente
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental y Auto Acordado sobre tramitación de la presente acción cautelar, se rechaza el recurso de amparo interpuesto Gerardo Alex Morales Parra, por el amparado don Serghi Alexis Zepeda Cid, en contra del Consejo Técnico del Centro Penitenciario Santiago Sur Regístrese, y en su oportunidad archívese N°Amparo-2354-2023. Pronunciada por la Quinta Sala, integrada por la Ministra señora Mireya Eugenia López Miranda, el Ministro (S) señor Matias Felipe De La Noi Merino y la Abogada Integrante señora María Fernanda Vásquez Palma.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinte de octubre de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE PRIMERO: Que, recurre de amparo, Gerardo Alex Morales Parra, abogado por el amparado don Serghi Alexis Zepeda Cid, actualmente cumpliendo condena en el Centro de detención SANTIAGO SUR, en contra del Consejo Técnico De Santiago Sur, por la omisión ilegal y arbitraria de no evaluar los 22 antecedentes de
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