JUZGADO DE GARANTIA DE TALCAHUANO

MP C/ ROSA HORTENSIA ONATE CANALES

Rol

Fecha

20 de octubre de 2023

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: 1°) Que el representante del Ministerio Público se ha alzado en contra de resolución de 18 de octubre de 2023, en virtud de la cual el Juzgado de Garantía de Talcahuano modificó respecto de la imputada Rosa Hortensia Oñate Canales la medida cautelar de prisión preventiva por la de privación de libertad en su casa, en modalidad total. La referida imputada se encuentra formalizada como autora del delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes, contemplado en el artículo 3° en relación al artículo 1°, ambos de la Ley N° 20.000; 2°) Que los argumentos de la defensa vertidos en esta audiencia cuestionan la necesidad de cautela, haciendo especialmente presente la situación de vulnerabilidad de la imputada, atendido su condición de mujer y adulta mayor. Asimismo, invoca las condiciones de salud pues, según la defensora, ella sufre no solamente de un cuadro hipertensivo, sino que también de una afección cardíaca de carácter grave; 3°) Que para resolver, debe tenerse presente el delito por el que se encuentra formalizada la imputada, el carácter del mismo, bien jurídico protegido, la gravedad de la pena, el haber actuado en grupo o pandilla; la circunstancia cierta de carecer de irreprochable conducta anterior, toda vez que ha sido condenada anteriormente por delitos de la misma especie en los años 2011 y 2019; la existencia de proceso pendiente en el mismo tribunal, en causa R.I.T. 3.942-22 por hechos perpetrados en noviembre de 2022; y la circunstancia de haber quebrantado la medida cautelar de privación de libertad en su casa, en su modalidad total, decretada en una causa vigente por el mismo tipo de delito. Todo ello obliga a concluir que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad; por consiguiente, la prisión preventiva es la única cautelar personal proporcional al caso en particular; 4°) Que en relación a los argumentos de la defensa en relación a la situación de salud de la inculpada, debe tenerse presente que Gendarmería de

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 139, 140, 144 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de dieciocho de octubre en curso, por el Juzgado de Garantía de Talcahuano, que sustituyó la medida cautelar de prisión preventiva por la de privación de libertad en su casa en su modalidad total, declarándose que se mantiene la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto de la imputada Rosa Hortensia Oñate Canales. Comuníquese y devuélvase. Rol N° 1.402-2023 Penal.-

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción Concepción, veinte de octubre de dos mil veintitrés. Vistos: 1°) Que el representante del Ministerio Público se ha alzado en contra de resolución de 18 de octubre de 2023, en virtud de la cual el Juzgado de Garantía de Talcahuano modificó respecto de la imputada Rosa Hortensia Oñate Canales la medida cautelar de prisión preventiva por la de privación de libertad en su casa, en

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