H. Trib. P. Industrial

FRIDA KAHLO CORPORATION CON FRIKAHLO DE MEXICO C.A. DE C.V. , MARA CRISTINA TERESA ROMEO PINEDO Y MARA D. *

Rol

33446-2020

Fecha

1 de septiembre de 2022

Materia

Civil

Resultado

RECHAZA CASACION EN EL FONDO

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: En los autos Rol N° 33.446-2020 de esta Corte Suprema, referidos a un procedimiento especial regido por la Ley N° 19.039, por sentencia de dieciséis de septiembre de dos mil diecinueve, rolante a fs. 472 y siguientes, dictada por el Director Nacional del Instituto de Propiedad Industrial, se rechazó la demanda de oposición interpuesta por FRlKAHLO DE MEXICO S.A. DE C.V., MARA CRISTINA TERESA ROMEO PINEDO y MARA DE ANDA ROMEO, deducida en contra de la solicitante FRIDA KAHLO CORPORATION y se concedió el registro de la marca mixta Frida Kahlo, que distingue productos de la clase 25. Apelada esta sentencia por el oponente, por fallo de seis de febrero de dos mil veinte, escrito a fs. 779 y siguientes, el Tribunal de Propiedad Industrial revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, acogiendo la demanda de oposición basada en la causal de irregistrabilidad de la letra k) del artículo 20 de la Ley N° 19.039, quedando, en consecuencia, rechazado el registro pedido. Contra esta última decisión, la solicitante dedujo recurso de casación en el fondo, ordenándose traer los autos en relación, según decreto de dieciséis de abril de dos mil veinte. Y

Fundamentos

considerando: 1° Que en el recurso de casación interpuesto por FRIDA KAHLO CORPORATION se denuncia la infracción de los artículos 16 y 20 letra k) de la Ley N° 19.039. Explica el recurrente que en cuanto a la denuncia consistente en la vulneración de las reglas de apreciación de la prueba conforme a la sana crítica, consagradas en el artículo 16 de la Ley N° 19.039, se reprocha que los sentenciadores desatendieron los principios de la lógica y no fundaron la sentencia, pues omitieron el análisis de la totalidad de los elementos acreditados en el proceso. Indica que existe, en primer lugar, una falta de racionalidad del

Fallo

fallo de seis de febrero de dos mil veinte, escrito a fs. 779 y siguientes, el Tribunal de Propiedad Industrial revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, acogiendo la demanda de oposición basada en la causal de irregistrabilidad de la letra k) del artículo 20 de la Ley N° 19.039, quedando, en consecuencia, rechazado el registro pedido. Contra esta última decisión, la solicitante dedujo recurso de casación en el fondo, ordenándose traer los autos en relación, según decreto de dieciséis de abril de dos mil veinte. Y considerando: 1° Que en el recurso de casación interpuesto por FRIDA KAHLO CORPORATION se denuncia la infracción de los artículos 16 y 20 letra k) de la Ley N° 19.039. Explica el recurrente que en cuanto a la denuncia consistente en la vulneración de las reglas de apreciación de la prueba conforme a la sana crítica, consagradas en el artículo 16 de la Ley N° 19.039, se reprocha que los sentenciadores desatendieron los principios de la lógica y no fundaron la sentencia, pues omitieron el análisis de la totalidad de los elementos acreditados en el proceso. Indica que existe, en primer lugar, una falta de racionalidad del fallo de segunda instancia, infringiendo los principios de no contradicción, de identidad, de tercero no excluido y de razón suficiente. Respecto de la infracción al primero de los principios señalados, manifiesta que, al leer la sentencia de segunda instancia, se aprecia una serie de contradicciones en su razonamiento, así por ejemplo

Texto Completo (Preview)

Santiago, uno de septiembre de dos mi veintidós. Vistos: En los autos Rol N° 33.446-2020 de esta Corte Suprema, referidos a un procedimiento especial regido por la Ley N° 19.039, por sentencia de dieciséis de septiembre de dos mil diecinueve, rolante a fs. 472 y siguientes, dictada por el Director Nacional del Instituto de Propiedad Industrial, se rechazó la demanda de oposición interpuesta por FR

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica