ANONIMIZADO
Rol
Fecha
19 de octubre de 2023
Materia
ALIMENTOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada de fecha once de agosto del año en curso, y atendido el mérito de los antecedentes y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 de la Ley N° 19.968, SE LA CONFIRMA. Acordado lo anterior con el voto en contra de la Ministra doña Inés Recart Parra, quien fue del parecer de rebajar, en atención a que si bien se comparten los argumentos de la sentenciadora, en cuanto a que los alimentos deben distribuirse de acuerdo a las capacidades de ambos progenitores, no es menos cierto que debe considerarse, en relación a lo referido, que el demandado cuenta con una carga respecto del cual debe...
Texto Completo (Preview)
Punta Arenas, diecinueve de octubre de dos mil veintitrés. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada de fecha once de agosto del año en curso, y atendido el mérito de los antecedentes y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 de la Ley N° 19.968, SE LA CONFIRMA. Acordado lo anterior con el voto en contra de la Ministra doña Inés Recart Parra, quien fue del parecer de rebajar, en at
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