SIN INFORMACION

MALLEA/JORQUERA

Rol

Fecha

19 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Alejandro Rojas Lemp, en representación de Claudio Antonio Mallea Astorga, cédula de identidad Nº12.868.872-2, domiciliado en Los Frutales de San Borja Nº486, comuna de Padre Hurtado, interpone acción constitucional de protección en contra de Eduardo Luis Jorquera Cabello, director de Protección Civil de la Municipalidad de Peñaflor, cédula de identidad Nº10.321.897-7 y de la Ilustre Municipalidad de Peñaflor, por el acto arbitrario e ilegal consistente en impedirle hacer uso de las facultades del contrato de arrendamiento que suscribió sobre un inmueble ubicado en la comuna, acto que estima vulnera las garantías reconocidas en los numerales 1,16,21 y 24 de la Constitución Política de la República. Refiere que es arrendatario de la propiedad ubicada en calle Concejal Eduardo Yáñez sin número, de comuna de Peñaflor, conforme al contrato de arrendamiento suscrito con Delmira del Pilar Hernández Montecinos, propiedad que arrendó con el propósito de guardar y estacionar los vehículos con los que ejerce su actividad. Agrega que, al intentar instalar un cierre perimetral en el lugar, diversos vecinos del sector lo increparon indicándole que derribarían cualquier cerco que hiciera, argumentando que el bien pertenecía a la Municipalidad de Peñaflor. Frente a dicho conflicto concurrió al lugar personal del Servicio de Seguridad Municipal, quienes, en forma prepotente y grosera, le indicaron que no se podía ocupar ni usar la propiedad al tener el carácter de municipal. Adiciona que se entrevistó con el abogado del departamento jurídico del municipio quien le indicó que no tenía antecedente alguno que indicara que dicha propiedad estuviera inscrita a nombre del municipio. Por lo anterior decidió ejercer la tenencia del inmueble arrendado, con las consiguientes manifestaciones amenazantes de los vecinos, quienes le impidieron el uso de la propiedad. Indica que los hechos descritos atentan contra las garantías del derecho a

Fallo

fallo del recurso de protección, no ha lugar. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado Alejandro Rojas Lemp, en representación de Claudio Antonio Mallea Astorga, cédula de identidad Nº12.868.872-2, domiciliado en Los Frutales de San Borja Nº486, comuna de Padre Hurtado, interpone acción constitucional de protección en contra de Eduardo Luis Jorquera Cabello, director de Protección Civil de la Municipalidad de Peñaflor, cédula de identidad Nº10.321.897-7 y de la Ilustre Municipalidad de Peñaflor, por el acto arbitrario e ilegal consistente en impedirle hacer uso de las facultades del contrato de arrendamiento que suscribió sobre un inmueble ubicado en la comuna, acto que estima vulnera las garantías reconocidas en los numerales 1,16,21 y 24 de la Constitución Política de la República. Refiere que es arrendatario de la propiedad ubicada en calle Concejal Eduardo Yáñez sin número, de comuna de Peñaflor, conforme al contrato de arrendamiento suscrito con Delmira del Pilar Hernández Montecinos, propiedad que arrendó con el propósito de guardar y estacionar los vehículos con los que ejerce su actividad. Agrega que, al intentar instalar un cierre perimetral en el lugar, diversos vecinos del sector lo increparon indicándole que derribarían cualquier cerco que hiciera, argumentando que el bien pertenecía a la Municipalidad de Peñaflor. Frente a dicho conflicto concurrió al lugar personal del Servicio de Seguridad Municipal, quienes, en forma prepotente y grosera, le indi

Texto Completo (Preview)

Certifico que se anunció, escuchó relación y alegó en la Cuarta Sala, por el recurso el abogado señor Alejandro Rojas Lemp. San Miguel, 19 de octubre de 2023. Diego Muñoz Gaete, relator. San Miguel, diecinueve de octubre de dos mil veintitrés. Al folio 33: A todo, téngase presente. Al folio 34: Atendido lo dispuesto en el numeral 9 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación

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