SIN INFORMACION

FARÍAS / COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO

Rol

Fecha

19 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1 comparece Dalet Ramírez Tenorio, Defensora Penal Pública Penitenciaria, quien recurre de amparo en favor de Claudio Patricio Farías Cataldo, 38 años, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, porque ilegalmente rechazó otorgarle la libertad condicional. Solicita acoger este arbitrio, dejar sin efecto la correspondiente resolución y conceder el referido beneficio, por reunirse la totalidad de los requisitos exigidos por el ordenamiento jurídico. En el libelo se precisa que el amparado cumple 6 condenas, por 541 días + 41 días + 100 días + 3 años y un día + 61 días + 50 días, como autor de 6 delitos de robo en lugar no habitado. Inició el cumplimiento de dichas condenas con fecha el 6 de diciembre de 2021, y tiene previsto el término de la misma para el día 28 de noviembre de 2025. Por su parte, cumplió el tiempo mínimo para ser postulado a la libertad condicional el día 29 de abril de 2023, no registra beneficios intrapenitenciarios, y afirma que cumple con los requisitos exigidos por el D.L. 321 de 1925 para que se le conceda la libertad condicional, pese a lo cual la resolución recurrida se lo negó, argumentando, en lo pertinente, lo siguiente: “3.- Que teniendo en consideración que el informe de postulación psicosocial a que se refieren los artículos 12 y 14 de Decreto N° 338, resulta desfavorable para un cumplimiento en libertad, pues da cuenta que el postulante mantiene riesgo de reincidencia alto, presenta quebrantamiento anterior, minimiza y justifica el delito y mantiene necesidades de intervención, siendo posible concluir que no cumple con las exigencias establecidas en el numeral 3 del artículo 2 del Decreto Ley 321”. Es por ello que pide, en definitiva, se le conceda tal beneficio. A folio 4, informa la recurrida Comisión de Libertad Condicional, y se adjunta copia de la resolución que por esta vía se impugna. A folio 5 evacúa informe el Alcaide del Complejo Penitenciario de Valparaíso, quien agrega a lo ya dic

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Claudio Patricio Farías Cataldo contra la Comisión de Libertad Condicional de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso. Comuníquese lo resuelto a la Comisión de Libertad Condicional y al Complejo Penitenciario de Valparaíso, sirviendo la presente sentencia de suficiente y atento oficio remisor. Regístrese, notifíquese, comuníquese y ejecutoriada, archívese. N° Amparo 1868-2023.- En Valparaíso, diecinueve de octubre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Foja: 0 Cero C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecinueve de octubre de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1 comparece Dalet Ramírez Tenorio, Defensora Penal Pública Penitenciaria, quien recurre de amparo en favor de Claudio Patricio Farías Cataldo, 38 años, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, porque ilegalmente rechazó otorgarle la libertad condicional. Solicita acog

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