ANONIMIZADO
Rol
Fecha
25 de octubre de 2023
Materia
ALIMENTOS, AUMENTO
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968 y en el artículo 4 de la Ley 14.908, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la apoderada doña Geraldine Chávez Gajardo, en contra de la resolución de fecha veinte de septiembre de dos mil veintitrés, escrita a folio 118 en el expediente digital, por improcedente atendida su forma de interposición. Devuélvase. N°Familia-665-2023.(pjr)
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la apoderada doña Geraldine Chávez Gajardo, en contra de la resolución de fecha veinte de septiembre de dos mil veintitrés, escrita a folio 118 en el expediente digital, por improcedente atendida su forma de interposición. Devuélvase. N°Familia-665-2023.(pjr)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veinticinco de octubre de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968 y en el artículo 4 de la Ley 14.908, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la apoderada doña Geraldine Chávez Gajardo, en contra de la resolución de fecha veinte de septiembre de dos mil vein
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