7º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

URIBE TAMBLAY VIVIANA CON MANAUD TAPIA MARIA (D)

Rol

138662-2020

Fecha

29 de agosto de 2022

Materia

Civil

Resultado

SENTENCIA DE REEMPLAZO (M)

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Hechos

hechos asentados en autos surge, de manera inconcusa, que la actora Viviana Uribe Tamblay ha padecido dolor, sufrimiento y angustia por la detención y posterior muerte de su conviviente Fernando Gabriel Vergara Vargas, por la forma en que se produjo, lo que por sí solo constituye un daño moral que debe compensarse por el Fisco de Chile. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 170, 186, 187 y 227 del Código de Procedimiento Civil, y los artículos 6, 38 y 19 Nros. 22 y 24 de la Constitución Política de la República, se confirma la sentencia apelada de veintidós de abril de dos mil veinte, Rol N° C-9305-2019, del 7° Juzgado Civil de Santiago. Regístrese y devuélvase. Redacción a cargo del Ministro Sr. Brito. Rol N° 138.662-2020. Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los Ministros Sres. Haroldo Brito C., Manuel Antonio Valderrama R., Jorge Dahm O., Sra. María Teresa Letelier R., y el Abogado Integrante Sr. Ricardo Abuauad D. No firma el Abogado Integrante Sr. Abuauad, no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por estar ausente.

Fundamentos

motivos cuarto a octavo. Y SE TIENE, ADEMÁS, PRESENTE: Que de los hechos asentados en autos surge, de manera inconcusa, que la actora Viviana Uribe Tamblay ha padecido dolor, sufrimiento y angustia por la detención y posterior muerte de su conviviente Fernando Gabriel Vergara Vargas, por la forma en que se produjo, lo que por sí solo constituye un daño moral que debe compensarse por el Fisco de Chile.

Fallo

fallo de casación que precede, se reiteran sus motivos cuarto a octavo. Y SE TIENE, ADEMÁS, PRESENTE: Que de los hechos asentados en autos surge, de manera inconcusa, que la actora Viviana Uribe Tamblay ha padecido dolor, sufrimiento y angustia por la detención y posterior muerte de su conviviente Fernando Gabriel Vergara Vargas, por la forma en que se produjo, lo que por sí solo constituye un daño moral que debe compensarse por el Fisco de Chile. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 170, 186, 187 y 227 del Código de Procedimiento Civil, y los artículos 6, 38 y 19 Nros. 22 y 24 de la Constitución Política de la República, se confirma la sentencia apelada de veintidós de abril de dos mil veinte, Rol N° C-9305-2019, del 7° Juzgado Civil de Santiago. Regístrese y devuélvase. Redacción a cargo del Ministro Sr. Brito. Rol N° 138.662-2020. Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los Ministros Sres. Haroldo Brito C., Manuel Antonio Valderrama R., Jorge Dahm O., Sra. María Teresa Letelier R., y el Abogado Integrante Sr. Ricardo Abuauad D. No firma el Abogado Integrante Sr. Abuauad, no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por estar ausente.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintinueve de agosto de dos mil veintidós. En cumplimiento de lo prescrito en el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se dicta la siguiente sentencia de reemplazo: Del fallo de casación que precede, se reiteran sus motivos cuarto a octavo. Y SE TIENE, ADEMÁS, PRESENTE: Que de los hechos asentados en autos surge, de manera inconcusa, que la actora Viviana Uribe Tamblay ha pa

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