ANONIMIZADO
Rol
40805-2022
Fecha
29 de agosto de 2022
Materia
Familia
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la demandante en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel que revocó la de primera instancia que no hizo lugar a la objeción de la liquidación de la deuda y en su lugar, decidió acogerla, ordenado se realice una nueva. Segundo: Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil, dispone que el recurso de casación en el fondo procede contra sentencias definitivas e interlocutorias inapelables, cuando ponen término al juicio o hacen imposible su...
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintinueve de agosto de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ordenó dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la demandante en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel que revocó la de primera instancia que no hizo lugar a la objeción d
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