SIN INFORMACION

DULCE BEATRIZ MORA RONDON/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

18 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Mora Rondón, Dulce de Beatriz Servicio Nacional de Migraciones Recurso de Amparo Rol N°371-2023-. La Serena, dieciocho de octubre de dos mil veintitrés. PRIMERO: Que comparece DULCE BEATRIZ MORA RONDON, pasaporte Nro. 106426236, cédula de identidad para extranjeros N° 27.396.308.1, interponiendo por sí recurso de amparo en su favor y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Publica, por emitir la Resolución Exenta 149999 de 22 de diciembre de 2021 afectándose el derecho a su libertad personal y ambulatoria, al prohibírsele permanecer en el país, y ordenarle hacer abandono del territorio nacional. Explica, en síntesis, que es ciudadana venezolana, y atendida la grave y compleja situación económica social y política que atraviesa su país emigró a Chile. Que el 4 de septiembre del año 2021, solicitó visa temporal por vínculo con chileno, de conformidad con la legislación vigente en materia migratoria, precisando que en su solicitud de residencia que no percibía ingresos acreditables en Chile, rechazando su petición, sin otorgarle un plazo para subsanar aquello. Agrega que mantuvo trabajo en una peluquería canina, pero además es apoyada por su conviviente ERICK ALBERTO SOTO PEREZ RUT 27.297.785-2, quien además es padre de su hija Zoe Alicia Soto Mora, nacida el 21 de enero del año 2020, según consta en el certificado de nacimiento, y además cuenta con un certificado de residencia temporal en trámite del primer hijo de nacionalidad venezolana de nombre MARCOS ANDRES SOTO MORA identificación pasaporte Nro.: 151248890, por lo que la Resolución Exenta 149999 de 22 de diciembre de 2021 del Servicio Nacional de Migraciones es desmedida y desproporcionada, pues implica la separación de la familia vulnerándose con ello la Constitución Política de la República y los Tratados internacionales suscritos por Chile que se encuentran vigentes, citando jurisprudencia al respecto (Rol 222.756-2023 de la Excelentísima Corte S

Fundamentos

motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo interpuesto por DULCE BEATRIZ MORA RONDON en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol N°371-2023.- Amparo.- llisto�Falta justificar

Fallo

Por estas consideraciones solicita el rechazo de la acción constitucional en lo que corresponda a su parte, toda vez que no existe acto u omisión arbitrario o ilegal por parte de esa autoridad que prive perturbe o amenace el legítimo ejercicio de la libertad personal y seguridad individual de la recurrente. Acompaña los siguientes documentos: 1. Copia de escritura pública de mandato judicial Repertorio N°1222/2023, otorgada ante la Notaría de Coquimbo, de don Juan Carlos Maturana Lepeley.2.Comunicación electrónica no acoge a trámite solicitud de residencia, de fecha 26 de septiembre de 2022, del Servicio Nacional de Migraciones. TERCERO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política de la República establece que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Y agrega que el mismo recurso podrá ser deducido a favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. CUARTO: Que, consecuentemente, la acción ejercida en la especie tiene como finalidad y objeto la protección de la libertad personal y seguridad in

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Mora Rondón, Dulce de Beatriz Servicio Nacional de Migraciones Recurso de Amparo Rol N°371-2023-. La Serena, dieciocho de octubre de dos mil veintitrés. PRIMERO: Que comparece DULCE BEATRIZ MORA RONDON, pasaporte Nro. 106426236, cédula de identidad para extranjeros N° 27.396.308.1, interponiendo por sí recurso de amparo en su favor y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente de

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