SIN INFORMACION

CEREZO/VARGAS

Rol

Fecha

18 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

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ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 28 de julio de 2023, bajo folio N°1, de la presente carpeta digital, comparece don DANIEL ROBERTO CEREZO CORTÉS, por sí, interpone acción de protección contra doña FABIOLA ELIZABET VARGAS YAÑEZ, imputándole haber incurrido en actuaciones ilegales consistentes en el cierre de un bien nacional de uso público, en el lugar en donde él vive, afectando gravemente sus derechos constitucionales. Señala que el 17 de enero del 2022 se promulgó la Ley N° 21.411, que introduce modificaciones a la Ley N°18.695, en el sentido de establecer una nueva regulación (reglamento) respecto del cierre o instalación de medidas de control de acceso en calles, pasajes o conjuntos habitacionales, con el objeto de garantizar la seguridad de los vecinos. De conformidad a lo que prescribe los artículos 5 y 65 de la Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipales, la que facultaba al municipio, con acuerdo del Concejo Municipal, autorizar el cierre o control de accesos cumpliéndose ciertos requisitos. Explica que la regla general que consagra la legislación es que las calles constituyen bienes nacionales de uso público, según lo establece el artículo 589 del Código Civil, siendo una de sus características que pueden ser utilizadas por cualquier habitante libremente, y consecuentemente, no pueden ser objeto de actos de “apropiación de parte de individuos o grupos”; y es por ello que las medidas que restrinjan su uso han de ser de carácter excepcional y sus condiciones de procedencia deben estar expresamente establecidas en la ley. Relata que la recurrida organiza a los vecinos de la calle Deggiano y pasajes interiores, y además a quien los representa legalmente, y también ha tomado la medida de apropiarse indebidamente y de cerrar unilateralmente la entrada de calle Deggiano, que queda subiendo por calle los Huertos, sector de Peñuelas, en la Comuna de Coquimbo, realizando obras de excavación y de nivel para instalar un portón de acceso, con dispositivo de control remoto, para que este acceso este cerrado todo el día, buscando impedir la circulación por dicha calle. Menciona que la recurrida contrató a una empresa constructora para realizar dichos trabajos, cobrando un monto de $150.000 pesos a cada vecino, siendo depositado en una cuenta bancaria, vía transferencia electrónica, sin firmar ningún documento, informándoles que todo estaba listo, procediendo al cierre de la arteria. Indica que informó de esta situación al presidente de la Junta de Vecinos sr. Jorge Galán, sin embargo como dirigente vecinal, no ha realizado ninguna denuncia para fiscalizar, desentendiéndose de esta irregularidad y no facilitando información de la persona que incurre en un hecho que no cumple con la ley, ya sea el Run y apellido, antecedentes que se encuentran en el libro de socios de la junta de vecinos. Agrega que la empresa contratada por la recurrida comenzó a intervenir el espacio público, procediendo a colocar pilares metálicos, laterales en las veredas

Texto Completo (Preview)

Cerezo Cortés, Daniel Roberto Vargas Yáñez, Fabiola Elizabeth Recurso de Protección Rol N°1882-2023.- La Serena, dieciocho de octubre de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 28 de julio de 2023, bajo folio N°1, de la presente carpeta digital, comparece don DANIEL ROBERTO CEREZO CORTÉS, por sí, interpone acción de protección contra doña FABIOLA ELIZABET VARGAS YAÑEZ, imputánd

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