CIA DE SEGUROS GENERALES CONSORCIO NACIONAL DE SEG / COMERCIAL ECCSA S.A.
Rol
Fecha
20 de octubre de 2023
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que se elevó para el conocimiento de esta Corte, los recursos de casación en la forma y de apelación interpuestos por la parte demandada, el cinco de enero del año dos mil veintidós (folio N° 473); y por la parte demandante, el ocho de enero del mismo año (folio N° 474), en contra de la sentencia definitiva de autos. 2° Que consta del mérito del sistema interconectado de causas y lo informado por el tribunal de primera instancia, que por resolución de veintinueve de septiembre del presente año, se tuvo presente el desistimiento y aceptación de la demanda, decisión que se encuentra ejecutoriada. 3° Que, así las cosas, habiéndose puesto termino a la presente causa, y no existiendo asunto que deba conocer actualmente esta Corte, corresponde omitir pronunciamiento respecto de los recursos que inciden en la presente causa. Por estas consideraciones, se omite pronunciamiento por falta de oportunidad, sobre los recursos de casación en la forma y de apelación interpuestos por la parte demandada, el cinco de enero del año dos mil veintidós (folio N° 473); y por la parte demandante, el ocho de enero de ese año (folio N°474), en contra de la sentencia definitiva de tres de septiembre del año dos mil veintiuno (folio N° 467). Regístrese y devuélvase. N°Civil-4172-2022.mst
Fallo
Por estas consideraciones, se omite pronunciamiento por falta de oportunidad, sobre los recursos de casación en la forma y de apelación interpuestos por la parte demandada, el cinco de enero del año dos mil veintidós (folio N° 473); y por la parte demandante, el ocho de enero de ese año (folio N°474), en contra de la sentencia definitiva de tres de septiembre del año dos mil veintiuno (folio N° 467). Regístrese y devuélvase. N°Civil-4172-2022.mst
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinte de octubre de dos mil veintitrés. A los folios N°s 8 y 13: por recibidos los antecedentes de primera instancia y por cumplido lo ordenado. Al folio N°5: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1° Que se elevó para el conocimiento de esta Corte, los recursos de casación en la forma y de apelación interpuestos por la parte demandada, el cinco de e
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