20º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

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Rol

Fecha

18 de octubre de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y que el ejecutante dentro del plazo que fue apercibido por el tribunal  a quo señaló estar impedido de acompañar materialmente los documentos fundantes de su acción, solicitando oficiar al tribunal que los tendría materialmente en su custodia, se revoca la resolución apelada de catorce de agosto de dos mil veintitrés, dictada por el Vigésimo Juzgado Civil de Santiago, y en su lugar se decide que deberá oficiar al Décimo Sexto Juzgado Civil de Santiago, con el fin de que ponga a disposición del tribunal a quo los documentos fundantes del presente procedimiento y, en definitiva, proceder al examen de los mismos y dar curso a la demanda si procediere. N°Civil-13852-2023. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señor Jorge Luis Zepeda Arancibia, señor Tomás Gray Gariazzo y el Abogado Integrante señor Michael Christian Camus DÁvila. En Santiago, dieciocho de octubre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

se decide que deberá oficiar al Décimo Sexto Juzgado Civil de Santiago, con el fin de que ponga a disposición del tribunal a quo los documentos fundantes del presente procedimiento y, en definitiva, proceder al examen de los mismos y dar curso a la demanda si procediere. N°Civil-13852-2023. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señor Jorge Luis Zepeda Arancibia, señor Tomás Gray Gariazzo y el Abogado Integrante señor Michael Christian Camus DÁvila. En Santiago, dieciocho de octubre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de octubre de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, y que el ejecutante dentro del plazo que fue apercibido por el tribunal  a quo señaló estar impedido de acompañar materialmente los documentos fundantes de su acción, solicitando oficiar al tribunal que los tendría materialmente en su custodia, se revoca la resolución apelada de

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