HDI SEGUROS S.A. CONTRA RESOLUCION SEGUNDO JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE LOS ANGELES
Rol
Fecha
18 de octubre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: En folio 1, don Álvaro González Naveillán, en representación de HDI Seguros, interpone recurso de hecho verdadero en contra de la resolución de 9 de marzo de 2023, del Segundo Juzgado de Policía Local de Los Ángeles, por cuanto deniega recurso de apelación en contra la resolución de 1 de marzo pasado que ordenó ratificar la presentación ante el Secretario del Tribunal, pide acoger el recurso en todas sus partes y se ordene conceder recurso de apelación en contra de la resolución referida, conforme a los argumentos que indica en el folio 1 SEGUNDO: En el folio 5, don Antonio Rusque Pérez, juez titular, informa que no concedió el recurso atendido lo dispuesto en el artículo 33 (sic) de la Ley N° 18.287, porque la resolución impugnada no es de aquella a que se refiere dicha norma. TERCERO: Que son hechos de la causa que constan en la copia del expediente rol 250301-2022 del ingreso del Segundo Juzgado de Policía Local de Los Ángeles (folio 8), los siguientes: a) el 28 de febrero de 2023, se dispuso: “Habiéndose ingresado al correo del tribunal con fecha 3 de febrero de 2023, y encontrándose firmada de manera simple electrónicamente y siendo esta firma para usos determinados y no del Tribunal y no teniendo el Tribunal como comprobar la autenticidad de la presentación, ratifíquese la presentación ante el Secretario del Tribunal o quien lo reemplace dentro de tercero día, bajo apercibimiento de tener por no efectuada la presentación”; b) el 6 de marzo de 2023, el abogado recurrente, repuso y apeló en subsidio de esta resolución y; c) el 9 de marzo de 2023, el tribunal proveyó: “A lo principal, no ha lugar; al otrosí, no ha lugar por improcedente”; CUARTO: Que la Ley N° 18.287 que “Establece procedimiento ante los juzgados de Policía Local”, en su artículo 32, inciso primero, dispone: “En los asuntos de que conocen en primera instancia los Jueces de Policía Local, procederá el recurso de apelación sólo en contra de las sentencias defini
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 32 de la ley N° 18.287 y 203 y 204 del Código de Procedimiento Civil, SE RECHAZA -sin costas- el verdadero recurso de hecho interpuesto por don Álvaro Gonzalez Naveillán, abogado, en representación de HDI Seguros S.A., en contra de la resolución de nueve de marzo de dos mil veintitrés, que rechazó su apelación subsidiaria en contra de la resolución de veintiocho de febrero pasado. Regístrese, comuníquese y devuélvase la copia del expediente virtual tenido a la vista. Redactó del abogado integrante don José Valenzuela Farías. N°Policia Local-61-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción SBC/rtp Concepción, dieciocho de octubre de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: En folio 1, don Álvaro González Naveillán, en representación de HDI Seguros, interpone recurso de hecho verdadero en contra de la resolución de 9 de marzo de 2023, del Segundo Juzgado de Policía Local de Los Ángeles, por cuanto deniega recurso de apelación en contra la resolución
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