SIN INFORMACION

SALINAS / COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO

Rol

Fecha

18 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: Que se interpone recurso de amparo en favor de Luis Gabriel Salinas Silva en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, solicitando que se deje sin efecto la resolución que no concedió al amparado el beneficio de la libertad condicional, argumentándose que cumplía con los requisitos objetivos para acceder a tal beneficio y que había antecedentes suficientes para concluir que se encontraba preparado para cumplir su pena en libertad y bajo una intervención. Que la autoridad penitenciaria acompaña el formulario único de postulación, el informe psicosocial, extracto de filiación y certificado de antecedentes laborales. Que la Comisión de Libertad Condicional informa que los

Fundamentos

motivos por los cuales el beneficio fue desestimado constan en la resolución que se impugna por esta vía y cuya copia acompaña. Que se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando. Primero: Que lo resuelto por la Comisión de Libertad Condicional no es ilegal, pues se encuentra facultada para conceder o denegar el beneficio por el artículo 5° del Decreto Ley N°321 de 1925, cuya redacción actual fue introducida por la Ley N°21.124, publicada en el Diario Oficial con fecha 18 de enero de 2019. Segundo: Que, además, la decisión de la Comisión se encuentra debidamente fundada en los antecedentes proporcionados por la autoridad penitenciaria, institución que ha entregado a un experto la redacción del informe contemplado en el artículo 4° del aludido cuerpo normativo. Tercero: Que, en efecto, en tales antecedentes, se advierte que el amparado mantiene un riesgo medio de reincidencia, que cuenta con anotaciones pretéritas por los ilícitos de robo con intimidación, hurto, robo con fuerza, tráfico en pequeñas cantidades y tráfico de estupefacientes y que, con anterioridad, quebrantó tanto un beneficio intrapenitenciario como también una libertad condicional, antecedentes que permiten concluir que no se encuentra aún preparado para el cumplimiento en libertad de la pena que le fue impuesta. Cuarto: Que, por otro lado, de la lectura del recurso se advierte que se pretende controlar el mérito de la decisión adoptada por la Comisión o la valoración que ésta hizo de los antecedentes que le proporcionó la autoridad penitenciaria, cuestión propia de un recurso de apelación, mas no de un recurso extraordinario de amparo. Quinto: Que, por último, al dictar la resolución impugnada, en cuyo texto constan las razones para fundamentar su negativa, la Comisión no ha infringido la normativa legal precitada, por lo que no existe antecedente alguno que dé cuenta que haya vulnerado la garantía constitucional del artículo 19 N°7 letra b) de la Constitución Política de la República.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Luis Gabriel Salinas Silva, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso. Acordada con el voto en contra del Ministro (I) Sr. Juan Carlos Maggiolo Caro, quien fue de la opinión de acoger el recurso de amparo y conceder al actor el beneficio de libertad condicional por las siguientes razones: 1°) Que, aun cuando la recurrida tiene la facultad de ponderar la documentación que le sea presentada y, conforme a ella, decidir fundadamente sobre la solicitud, el carácter facultativo de esa determinación no importa que pueda adoptarse desatendiendo los antecedentes aportados. 2°) Que, del informe de postulación psicosocial, aparece que al interno le ha sido concedidos dos beneficios intra penitenciarios, que finalizó su educación básica y parte de la media en la unidad penal, que ha trabajado allí, con buenos resultados, en los rubros de alimentación, panadería y pastelería, que reconoce el delito por el cual fue condenado, sus consecuencias y manifiesta voluntad de no volver a delinquir, que cuenta con redes de apoyo y con un proyecto laboral concreto para el caso de recuperar su libertad. 3°) Que, en consecuencia, en este caso la Comisión recurrida ha negado la libertad condicional al sentenciado,

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, dieciocho de octubre de dos mil veintitrés. Visto: Que se interpone recurso de amparo en favor de Luis Gabriel Salinas Silva en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, solicitando que se deje sin efecto la resolución que no concedió al amparado el beneficio de la libertad condicional, argumentándose que cumplía con los requisitos objetivos p

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