MP C/ NICOLE ALMENDRA ARAYA MUNOZ
Rol
Fecha
18 de octubre de 2023
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de esta ciudad, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de la imputada recurrente. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se atribuye a la encartada. 3°) Que, respecto de la necesidad de cautela prevista en la letra c) de la norma ya referida, ésta sólo se ve resguardada con la medida de prisión preventiva, teniendo en consideración la naturaleza del delito por el cual fue formalizada, las circunstancias de su comisión y lesividad, la gravedad de la pena asignada al mismo y eventual forma de cumplimiento, y la especial situación de vulnerabilidad y lesiones ocasionadas a la víctima adulto mayor, lo que da cuenta de la insuficiencia de otras medidas cautelares de menor intensidad para resguardar la seguridad de la sociedad y asegurar su comparecencia a los actos del procedimiento. Por estos fundamentos y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, 155 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución en alzada de fecha diez de octubre del año en curso, dictada por don Miguel Ángel García Herrera, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que decretó la medida de prisión preventiva que pesa sobre la imputada NICOLE ALMENDRA ARAYA MUÑOZ. Devuélvase. Rol Penal 1120-2023.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, dieciocho de octubre de dos mil veintitrés. Vistos y considerando: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de esta ciudad, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de la imputada recurrente. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervini
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