4º JUZGADO CIVIL DE SAN MIGUEL

YÁÑEZ/CARREÑO

Rol

Fecha

18 de octubre de 2023

Materia

MONITORIO-PRECARIO

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 18-B de la Ley 18.101, en contra de la resolución que declare inadmisible la demanda monitoria, no procederá recurso alguno, salvo el de reposición ante el mismo tribunal. Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 201 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto en contra de la resolución de tres de agosto del año dos mil veintitrés dictada en los autos C-4483-2023 del Cuarto Juzgado Civil de San Miguel. Devuélvase por interconexión. Rol N°1926-2023 CIV

Fallo

Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 201 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto en contra de la resolución de tres de agosto del año dos mil veintitrés dictada en los autos C-4483-2023 del Cuarto Juzgado Civil de San Miguel. Devuélvase por interconexión. Rol N°1926-2023 CIV

Texto Completo (Preview)

CH (nkg) San Miguel, dieciocho de octubre de dos mil veintitrés. Vistos: Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 18-B de la Ley 18.101, en contra de la resolución que declare inadmisible la demanda monitoria, no procederá recurso alguno, salvo el de reposición ante el mismo tribunal. Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 201 del Código de

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