GONZÁLEZ/FISCO (CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO) - (LTE)
Rol
Fecha
17 de octubre de 2023
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada y se tiene además presente: I.- Lo demandado Primero: En el relato desarrollado en la demanda, para describir los hechos que sirven de sustento a la pretensión, es dable distinguir dos clases de sucesos: por un lado, los hechos directamente relacionados con la detención y torturas que se denuncia; y, por otro, una vez que recuperada la libertad, los hostigamientos y discriminación de los que dice haber sido víctima la actora, persecución que desembocó en que finalmente no fuera aprobada su titulación en la carrera de Servicio Social en la Universidad de Valparaíso, por sus “antecedentes políticos”; Segundo: El daño moral reclamado se identifica primariamente con lo que suele denominarse bajo la nomenclatura de “pretium doloris” que corresponde a un tipo de detrimento moral o extra patrimonial. Sin embargo, en el libelo se añaden más adelante otros conceptos alusivos a “Las angustias, padecimientos y dolores, sumadas a las incertidumbres, miedos, pérdidas de proyectos de vida, inseguridades, son fáciles de entender en su plenitud, y sólo cabe al sentenciador hacer una estimación fundada de su magnitud para determinar el monto de la reparación pecuniaria.”. Esto conforma el objeto de la pretensión; II.- El daño y su comprobación Tercero: En ese contexto viene al caso referir que, aparte de las pruebas aludidas y reseñadas en el fallo que se revisa, es posible advertir que también prestaron declaración en el carácter de testigos 3 personas más, cuyos testimonios fueron omitidas en la sentencia impugnada: 1.- Ana Scozia Sepúlveda. Expresa que conoció a la demandante en el año 1984, en la Comisión Chilena de Derechos Humanos. En ese contexto Sandra le comentó de su detención y torturas en Valparaíso. Ella sufre y ha sufrido crisis de pánico y fobia a los recintos cerrados. Tuvo muchas dificultades para terminar su carrera, lo intentó varias veces, pero finalmente le dijeron que no podía continuar con su seminario por sus antece
Fallo
fallo que se revisa, es posible advertir que también prestaron declaración en el carácter de testigos 3 personas más, cuyos testimonios fueron omitidas en la sentencia impugnada: 1.- Ana Scozia Sepúlveda. Expresa que conoció a la demandante en el año 1984, en la Comisión Chilena de Derechos Humanos. En ese contexto Sandra le comentó de su detención y torturas en Valparaíso. Ella sufre y ha sufrido crisis de pánico y fobia a los recintos cerrados. Tuvo muchas dificultades para terminar su carrera, lo intentó varias veces, pero finalmente le dijeron que no podía continuar con su seminario por sus antecedentes políticos y por haber sido detenida. Por eso no ha podido trabajar profesionalmente y ha tenido que desempeñarse en trabajos de remuneración menor. Todo eso le ha causado dolor; 2.- Albert Herrera Zeppelin. Conoció a la demandante en 2015 cuando llegó a trabajar a SERNAGEOMIN, donde fue discriminada por razones de género, porque allí parecía haber un sesgo machista. Ella le comentó que tenía estudios, pero que fueron interrumpidos durante la dictadura lo que determinó que siempre trabajara a honorarios; 3.- Dubilia Macchiavello Forni. Fue compañera de curso de la demandante en el liceo. Tiempo después ella le consultó en su condición de psiquiatra, en FASIC, donde trabajaba con afectados por la represión política. Presentaba síntomas de un cuadro de ansiedad relacionados con su detención y torturas, a lo que se agregaba el daño gatillado por la imposibilidad de obtener su
Texto Completo (Preview)
Santiago, diecisiete de octubre de dos mil veintitrés. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada y se tiene además presente: I.- Lo demandado Primero: En el relato desarrollado en la demanda, para describir los hechos que sirven de sustento a la pretensión, es dable distinguir dos clases de sucesos: por un lado, los hechos directamente relacionados con la detención y torturas que se denuncia; y
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