ANONIMIZADO
Rol
Fecha
17 de octubre de 2023
Materia
ALIMENTOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de autos y la relación efectuada en la misma, existiendo antecedentes suficientes que justifican la procedencia de la medida cautelar establecida en el artículo 12 bis de la ley 14.908, en especial, la existencia de alimentos provisorios devengados de acuerdo a las liquidaciones que constan en autos,
Fundamentos
considerando además el estado procesal de la causa y teniendo presente lo resuelto con fecha 21 de julio de 2023, en donde se accedió a lo solicitado por la recurrente respecto de la abuela demandada, y visto lo dispuesto en los artículos 67 y siguientes de la ley 19.968, se revoca la resolución dictada con fecha veintidós de...
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, diecisiete de octubre de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de autos y la relación efectuada en la misma, existiendo antecedentes suficientes que justifican la procedencia de la medida cautelar establecida en el artículo 12 bis de la ley 14.908, en especial, la existencia de alimentos provisorios devengados de acuerdo a las liquidaciones que constan en autos, considerando
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica