ANONIMIZADO
Rol
Fecha
16 de octubre de 2023
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
DIRIMIDA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo dispuesto en los artículos 134 del Código Orgánico de Tribunales y artículo 4 de la ley N° 19.968, se dirime la contienda de competencia, declarándose competente para conocer de esta causa el Juzgado de Familia de Buin, a quien se remitirán estos antecedentes. Comuníquese lo resuelto al Juzgado de Familia de Pudahuel, por la vía más expedita. Notifíquese y devuélvase. N° 539-2023-Familia.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, dieciséis de octubre de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo dispuesto en los artículos 134 del Código Orgánico de Tribunales y artículo 4 de la ley N° 19.968, se dirime la contienda de competencia, declarándose competente para conocer de esta causa el Juzgado de Familia de Buin, a quien se remitirán estos antecedentes. Comuníquese lo resuelto al Juzga
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