13º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

C/ OSCAR ALEXIS BANDA HERNANDEZ

Rol

Fecha

14 de octubre de 2023

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Los antecedentes obtenidos del sistema computacional de causas y lo alegado por los intervinientes en esta audiencia Y, teniendo, además, presente: 1°.- Que se encuentra acreditada la existencia del delito por el cual fue formalizado el imputado Oscar Alexis Banda Hernández; 2°.- Que esta, además, consolidado que existen presunciones fundadas que al imputado Oscar Alexis Banda Hernández, le ha correspondido participación en el delito en calidad de autor en los términos del artículo 15 número 1 del Código Penal, y 3° En cuanto a la necesidad de cautela, en primer término, que encontrándose acreditada la existencia del delito de robo con violencia y las circunstancias de comisión, que advierten que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 140 y 149 del Código Procesal Penal se revoca la resolución apelada de trece de octubre del año en curso dictada por el Décimo Tercer Juzgado de Garantía de Santiago y, en su lugar, se resuelve que el imputado Oscar Alexis Banda Hernández, ya individualizado, queda sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Acordada con el voto en contra del Ministro Señor Jorge Zepeda Arancibia quien fue de opinión de confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Dese orden de ingreso al imputado por la presente causa, en el evento de no encontrase sujeto a esta medida cautelar en virtud de orden emanada de otro Tribunal diverso. Comuníquese por la vía más rápida. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Fallo

se resuelve que el imputado Oscar Alexis Banda Hernández, ya individualizado, queda sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Acordada con el voto en contra del Ministro Señor Jorge Zepeda Arancibia quien fue de opinión de confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Dese orden de ingreso al imputado por la presente causa, en el evento de no encontrase sujeto a esta medida cautelar en virtud de orden emanada de otro Tribunal diverso. Comuníquese por la vía más rápida. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, catorce de octubre de dos mil veintitrés. Sala: Décima Rol Corte: Penal-5283-2023 Ruc: 2301114233-8 Rit : O-4046-2023 Juzgado: 13º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros señor Jorge Luis Zepeda Arancibia, señor Mario Rojas González y el Abogado Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida Relatora: Mariana Diaz Digitadora (s): Marcela Cald

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