SIN INFORMACION

C/ARNALDO CANALES FERNANDEZ Y OTROS/ES PARTE: PROGRAMA DE DDHH DEL MIN. DE JUSTICIA Y OTROS(CAUSA ROL 13322 TOMO A)

Rol

Fecha

14 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: En cuanto a la apelación deducida a fojas 1922: Atendido el mérito de los antecedentes, y lo expuesto por el querellante en estrado, advierten estos sentenciadores que en la especie concurren suficientes elementos de peligrosidad respecto del procesado Raúl del Canto Galdames, de aquellos señalados en el inciso tercero del artículo 363 del Código de Procedimiento Penal, en particular, la condena impuesta en su contra en la causa Rol N°13.322 Tomo B, mediante sentencia dictada por la Excelentísima Corte Suprema el 10 de octubre de 2023, situación que es reconocida por las partes, razón por la cual se estima que la libertad del procesado antes señalado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, y visto lo dispuesto en el artículo 361 del Código de Procedimiento Penal, se REVOCA la resolución de 05 de octubre de 2023, escrita a fojas 1876 de estos autos, sólo en la parte que no dispuso la prisión preventiva respecto del encartado Raúl del Canto Galdames, y en su lugar se declara que se le impone a dicho procesado la medida cautelar de prisión preventiva. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Le-Cerf, quien fue del parecer de confirmar la resolución en alzada, por sus propios fundamentos. En cuanto a las apelaciones deducidas a fojas 1943, 1945, 1947 y 1959: Atendido el mérito de los antecedentes, compartiéndose los

Fundamentos

fundamentos del juez a quo y visto lo dispuesto en el artículo 361 del Código de Procedimiento Penal, se CONFIRMA la resolución de 05 de octubre de 2023, escrita a fojas 1876 de estos autos, en cuanto por ella se le concedió la libertad provisional a los procesados Segundo Alejandro Gutiérrez Montealegre, Arnaldo Eduardo Canales Fernández y Juan Carlos Arenas Cortés, y se reguló la fianza en la suma de $500.000 (quinientos mil pesos). Acordada la confirmación del monto de la fianza con el voto en contra del Ministro Titular Sr. Troncoso, quien fue del parecer de acoger la apelación deducida por la querellante y aumentar la misma a la suma de $2.000.000 (dos millones de pesos), al estimar tal cifra proporcional a la necesidad de asegurar los fines del procedimiento. Devuélvase. Rol N° 1610-2023 Penal.-

Fallo

se declara que se le impone a dicho procesado la medida cautelar de prisión preventiva. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Le-Cerf, quien fue del parecer de confirmar la resolución en alzada, por sus propios fundamentos. En cuanto a las apelaciones deducidas a fojas 1943, 1945, 1947 y 1959: Atendido el mérito de los antecedentes, compartiéndose los fundamentos del juez a quo y visto lo dispuesto en el artículo 361 del Código de Procedimiento Penal, se CONFIRMA la resolución de 05 de octubre de 2023, escrita a fojas 1876 de estos autos, en cuanto por ella se le concedió la libertad provisional a los procesados Segundo Alejandro Gutiérrez Montealegre, Arnaldo Eduardo Canales Fernández y Juan Carlos Arenas Cortés, y se reguló la fianza en la suma de $500.000 (quinientos mil pesos). Acordada la confirmación del monto de la fianza con el voto en contra del Ministro Titular Sr. Troncoso, quien fue del parecer de acoger la apelación deducida por la querellante y aumentar la misma a la suma de $2.000.000 (dos millones de pesos), al estimar tal cifra proporcional a la necesidad de asegurar los fines del procedimiento. Devuélvase. Rol N° 1610-2023 Penal.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, catorce de octubre de dos mil veintitrés. VISTOS: En cuanto a la apelación deducida a fojas 1922: Atendido el mérito de los antecedentes, y lo expuesto por el querellante en estrado, advierten estos sentenciadores que en la especie concurren suficientes elementos de peligrosidad respecto del procesado Raúl del Canto Galdames, de aquellos señalados en el inciso tercero del artículo 363

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