SIN INFORMACION

EUGESTE CHALESTON Y OTRO / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

14 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo a favor de Eugeste Chaleston, de nacionalidad haitiana, domiciliada para estos efectos en calle Claudio Vicuña 930, oficina 201, Quilpué, Región de Valparaíso, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, con motivo de la dictación de la Resolución Exenta N° 23292773 de 31 de julio de 2023, que rechazó la solicitud de residencia definitiva y dispone del abandono del amparado del país, y solicita se deje sin efecto dicha resolución y continuar con el procedimiento de regularización migratoria en el país. Expone la parte recurrente que el amparado solicitó la residencia definitiva del país, la que fue desestimada en virtud de la resolución recurrida, pese a cumplir con los requisitos para aquello. Agrega que en chile mantiene su núcleo familiar compuesto por su hija de iniciales LVCS, de actuales 05 años. En cuanto a la ilegalidad reclamada, sostiene que el acto impugnado vulnera el artículo octavo transitorio de la ley N°21.325 y el principio de la unidad de la familia y el interés superior del niño. A folio 4, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción. Expone que con fecha 14 de julio de 2021 el extranjero Eugeste Chaleston solicitó la residencia definitiva. Que, mediante Comunicación Electrónica Folio N°36750510 de fecha 10 de abril de 2023 se le solicitó al extranjero pago de multa por residencia irregular por postular habiendo vencido su permiso de residencia y/o trabajo sin autorización, por lo que debía enviar copia de la resolución que acredite que regularizó su situación migratoria en el país. Sostiene que al extranjero se le notificó el día 24 de marzo de 2023 la causal de pre rechazo, en que se le otorgaron los 10 días que señala la ley para presentar antecedentes, lo que no hizo. Agrega que mediante Resolución Exenta N°23292773 de fecha 31 de julio de 2023 del Servicio Nacional de Migraciones se rechazó la solicitud de residencia definitiva del extranjero, di

Fundamentos

motivos por los cuales no dio cumplimiento a la sanción migratoria impuesta, buscando subsanar a través de esta vía su actuar negligente. Indica finalmente que la decisión adoptada se encuentra ajustada a lo dispuesto en el artículo 88 N°1 de la Ley N°21.325, encontrándose obligada la recurrida de conformidad al artículo 91 de la Ley N°21.325; a disponer abandono del interesado ante el rechazo. Se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, la actora cuestiona la Resolución Exenta N° 23292773 de 31 de julio de 2023, que rechazó la solicitud de residencia definitiva al no acreditar que regularizó su situación migratoria en el país, mediante la sanción migratoria respectiva, de conformidad al artículo 88 N°1 de la Ley N°21.325. Segundo: Que, del mérito de los antecedentes aportados al proceso, no consta que la recurrida haya notificado la causal de pre rechazo previsto en el artículo 91 de la Ley N°21.325, para que el amparado pueda presentar los antecedentes faltantes a su petición de residencia definitiva, dentro del término de 10 días que señala la citada norma, lo que motivó la dictación de la resolución impugnada en estos autos, por lo que deberá acogerse el presente arbitrio por devenir en ilegal la resolución impugnada al no contemplarse previamente el periodo de corrección formal antes indicado.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge la acción constitucional de amparo deducida en favor de Eugeste Chaleston, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solo en cuanto se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 23292773 de 31 de julio de 2023 y, en su lugar, se ordena que la recurrida deberá dictar una nueva resolución que entregue un plazo no menor a diez días, para que el recurrente pueda acreditar la regularización de su situación migratoria en el país, previo a dar continuidad a su solicitud de residencia definitiva como en derecho corresponda. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1803-2023. No sujeta a anonimización. En Valparaíso, catorce de octubre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, catorce de octubre de dos mil veintitrés. Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo a favor de Eugeste Chaleston, de nacionalidad haitiana, domiciliada para estos efectos en calle Claudio Vicuña 930, oficina 201, Quilpué, Región de Valparaíso, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, con motivo de la dictación de la Resolución Exenta N° 23292773 de

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