HUIRCALEO/SUSESO Y COMPIN
Rol
Fecha
13 de octubre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, el 11 de mayo del año en curso, compareció FABIOLA KARINA HUIRCALEO RIQUELME, chilena, empleada, Cédula de Identidad número 19.311.620-5, domiciliada en Gabriela Mistral Rural s/n Comuna San Javier de Loncomilla, y dedujo recurso de protección en contra de la SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL, representada legalmente por doña Pamela Gana Cornejo, ignoro profesión u oficio, ambos domiciliados en Huérfanos 1360, respecto del Procedimiento Administrativo tramitado ante dicha Institución Estatal, el cual concluyó con la Resolución Exenta N° R-01-UNRA-48927-2023, dictada con fecha 13 de abril de 2023, que concluyó que el reposo prescrito en la licencia médica reclamada no se encontraba justificado, acto que es arbitrario e ilegal, el que ha privado, perturbado y amenazado, el legítimo ejercicio de los derechos y garantías constitucionales establecidos en el artículo 19 N° 1, N° 2, N° 3, N° 9 inciso final y N° 24 de la Constitución Política de la República de Chile, por lo que solicitó se deje sin efecto la resolución referida, que resolvió rechazar su licencia médica N° 60525477, extendida por 30 días, a contar del 30 de noviembre de 2022. Refirió que quedó embarazada en el 2021, naciendo su primer bebé el 29 de noviembre del mismo año. Agregó que durante su postnatal, comenzó a sentir angustia, tristeza, pero no le dio mayor importancia. Dicha sintomatología, al acercarse la fecha que debía reincorporarse a sus funciones, fueron más evidentes con “fluctuaciones en mi estado de ánimo. Sospecha de origen de desencadenamiento de sintomatología emocional por preocupaciones y vivencias personales que aquejan a la paciente. Presencia de crisis de angustia con síntomas opresión en el pecho, opresión de la garganta, aumento de frecuencia de cardíaca, sensación de ahogo y falta de aire, sensación de calor repentino, adormecimiento/hormigueo en la cara, fatiga, mareos y dolores de cabeza. Con frecuencia 3 veces aproximadamente. Con sensación de sensibilidad pero sin crisis de llanto Manifestación de irritabilidad. Sospecha de origen de sistema nervioso alterado con manchas en la piel con picazón posible alergia nerviosa. Higiene del sueño, irregular con dificultad en la conciliación del sueño e intermitencias nocturnas por lactancia. Durmiendo 5 horas aproximadamente sin sensación de un descanso reparador. Alimentación irregular sin horarios estables del todo. Posible disminución de apetito sin baja de peso. Sin episodios de ansiedad Pensamientos rumiantes por preocupación de retorno al ámbito laboral, pensamientos negativos escenarios fatalistas y por su familia que afecta la estabilidad anímica de la paciente.”, síntomas que se tornaron insoportables, por lo que decidió recurrir el 13 de junio de 2022 a la Dra. Paula Rebolledo Chávez, especialista en salud mental, quién comenzó a tratar su sintomatología, la que fue asociada a un cuadro de “Trastorno adaptativo mixto”. Añadió que la médico referida emitió la licenci
Fallo
se resuelve rechazar la licencia médica, N° 60525477; 3. Copia de Informe Base de Salud Mental de fecha 09 de mayo 2023, emitido por la Dra. Paula Rebolledo, y firmado por la sicóloga Sonia Garrido; y 4. Copia de Informe Base de Salud Mental de fecha 09 de mayo 2023, emitido por la Dra. Paula Rebolledo. SEGUNDO: Que a folio 13, el 7 de junio último, compareció TOMÁS GARRO GÓMEZ, abogado, en representación de la recurrida SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL, y en un primer momento alegó la extemporaneidad del recurso, indicando que el derecho al subsidio por incapacidad laboral o remuneración como en este caso, jamás nació, por cuanto las licencias médicas fueron rechazadas por el respectico organismo administrador, en este caso, la COMPIN DE LA REGIÓN METROPOLITANA y, finalmente, por la Superintendencia de Seguridad Social. Indicó que consta de los antecedentes que obran en el expediente administrativo electrónico, que la recurrente el 6 de abril del año 2023, recurrió ante la Superintendencia de Seguridad Social reclamando en contra de la COMPIN de la Región Metropolitana, por haber confirmado el rechazo de la licencia médica, por la causal de reposo no justificado. De acuerdo a esto, la recurrente tenía conocimiento cierto de la confirmación del rechazo de esta licencia médica, dispuesto por la COMPIN ya citada, al menos desde que reclamó de ello ante la Superintendencia el 6 de abril del año 2023. De tal forma, la acción constitucional de autos interpuesta con fecha 11
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C.A. de Talca Talca, trece de octubre de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, el 11 de mayo del año en curso, compareció FABIOLA KARINA HUIRCALEO RIQUELME, chilena, empleada, Cédula de Identidad número 19.311.620-5, domiciliada en Gabriela Mistral Rural s/n Comuna San Javier de Loncomilla, y dedujo recurso de protección en contra de la SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SO
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